Cada categoría especifica qué actuaciones se deben seguir en caso de que una persona contraiga la enfermedad

Niveles de riesgo en el tratamiento de la rabia según el Ministerio de Sanidad.
Ministerio de Sanidad.


9 ene. 2024 7:00H
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El Ministerio de Sanidad ha detallado cuáles son los tres niveles de riesgo en el contagio de la rabia. Lo ha hecho en su Plan de Contingencia para el Control de la Rabia Terrestre en Animales de Cautividad y Silvestres en España en 2023, que específica qué actuaciones se deben seguir en caso de que un humano contraiga la enfermedad. Los niveles de gravedad fluctúan según si se trata de un caso confirmado, de uno secundario contraído a través de un animal doméstico o según la extensión del foco.

El primer nivel de riesgo estudia la presencia de un caso confirmado de rabia terrestre con posibilidad de transmisión autóctona. En este caso, según el ministerio, las acciones concretas serán acordadas por el Grupo de Apoyo Técnico (GAT)tras la declaración de “Nivel de alerta 1” y serán presentadas al Comité Coordinador de la Respuesta (CCR), en cuyo seno se avalarán. En este rango, lo principal es delimitar el Área de Restricción por foco de Rabia (AR), que se llevará a cabo por parte de las autoridades competentes de la o las comunidades autónomas afectadas.

Además, según especifica el documento, “se deberá verificar la disponibilidad de personal con profilaxis y preexposición frente a la rabia para el manejo del caso de rabia” así como reforzar la vigilancia y las medidas de control para reducir el riesgo de contacto con animales infectados. Por último, se insta a comunicar el riesgo e informar a la ciudadanía a través de los medios.


Casos en animales domésticos y extensión del foco


El segundo nivel de riesgo recoge la aparición de casos secundarios en animales domésticos en cautividad, errantes o asilvestrados. En ese caso, el GAT será convocado de manera urgente, tal y como establece la guía, para establecer el nivel de alerta 2. Además de las actuaciones recogidas en el primer nivel, se procederá a la notificación al Comité de Red de Alerta Sanitaria Veterinaria (Rasve) en caso de que sea probable la extensión del foco a varias CCAA. Además, en caso de que se sospeche que el brote pudiera extenderse al resto del territorio de la UE, se comunicará de forma urgente a la Comisión Europea.

El nivel 3 se centra en la extensión del foco, dependiendo de si es “silvestre-doméstico o doméstico-silvestre”, según detalla la guía. Al igual que en el segundo nivel, el GAT será convocado de manera urgente. Las medidas acordadas en el seno del GAT se presentarán al Comité Rasve y al CCR “en cuyo seno se avalarán y eventualmente se declarará el nivel de alerta 3”, recoge el documento. En este estadio el GAT y el CCR deberán incluir profesionales técnicos y autoridades con competencias en animales silvestres y en especies cinegéticas. También, en caso necesario, se podrán incluir expertos de países comunitarios.

En este nivel, acorde con las indicaciones del Ministerio de Sanidad, se tendrá en cuenta el tipo de virus identificado. Además, las autoridades competentes en materia de sanidad animal de las CCAA facilitarán al GAT y al CCR la información disponible en cuanto a la abundancia relativa y distribución de especies silvestres de la población diana, y sus nichos ecológicos.


Protocolo de actuación en humanos


Las actuaciones en el humano ante una mordedura o agresión por parte de un animal susceptible de contener rabia deben realizarse siguiendo las indicaciones de este protocolo. Estas actuaciones estarán condicionadas por el nivel de alerta establecido; la categoría de contacto (I, II o III); el cumplimiento de criterios clínicos y/o epidemiológicos; una evaluación previa o inicial tras una agresión: documentación del animal, situación vacunal respecto de la rabia y entrevista al propietario o responsable, así como a la persona agredida; y la evolución durante el período de observación animal (14 días).

En España, la vacunación contra la rabia no forma parte del calendario común de vacunación a lo largo de la vida, ya que no es sistemática. Sin embargo, se recomienda su administración en ciertas circunstancias, ya sea como profilaxis antes de la exposición al virus o después de la exposición. Las vacunas autorizadas contienen el virus de la rabia (RABV) inactivado como inmunógeno, generando anticuerpos neutralizantes específicos para los lisavirus del filogrupo I, que incluye al RABV, pero no a otros filogrupos.

Las pautas para la profilaxis preexposición y los grupos recomendados se encuentran en el documento "Vacunación frente a rabia y evaluación de respuesta inmune en humanos" del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (Cisns). Ante una exposición de riesgo con un animal, se debe consultar a los servicios de Salud Pública para evaluar el riesgo. Se consideran factores como nivel de alerta, gravedad y tipo de exposición, características del animal, circunstancias y estado vacunal de la persona.

Independientemente de la evaluación, se recomienda lavar la herida con agua y jabón durante 10-15 minutos y lavar mucosas expuestas a la saliva del animal. Se aplicará antiséptico y se valorará tratamiento antibiótico y/o profilaxis antitetánica según la herida. La profilaxis posexposición se administrará lo más pronto posible, dependiendo de la evaluación del riesgo, antecedentes de vacunación y situación epidemiológica de la persona.
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