La Mesa Sectorial de Sanidad ha actualizado el modelo de jornada laboral para mejorar la atención y la conciliación

El Salud actualiza el modelo de jornada laboral para mejorar la atención y la conciliación
Mesa Sectorial de Sanidad.


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El Servicio Aragonés de Salud ha aprobado un acuerdo sobre tiempos de trabajo, jornada y horarios en sus centros asistenciales, con el objetivo de reforzar la calidad asistencial, garantizar la cobertura continuada y facilitar la conciliación de la vida personal y profesional de sus trabajadores. La Mesa Sectorial de Sanidad se ha reunido hoy y, entre otros puntos, ha aprobado la implantación de la jornada de 35 horas semanales para el año 2026.

Además, la reunión con los representantes de los trabajadores ha permitido dar luz verde a la regularización de la jornada reducida acumulada, de las jornadas de 12 horas y de los distintos tipos de guardias. A lo largo de los últimos años han ido surgiendo la puesta en marcha de nuevas modalidades, como la guardia telemática, pero no se había regularizado.

El acuerdo, aplicable al personal estatutario y funcionario de todos los centros del sistema público de salud aragonés, establece una jornada anual diferenciada según el tipo de turno (diurno, rotatorio o nocturno), con ajustes específicos para profesionales de Atención Primaria, Urgencias y Emergencias, y personal en formación sanitaria especializada.

Entre las principales novedades destacan:
  • Jornada anual ajustada por turno: 1.519 horas en turno diurno, 1.400 en rotatorio y 1.350 en nocturno, con ponderación según noches trabajadas.
  • Medidas de conciliación: Reducción de jornada por antigüedad, bolsa horaria por conciliación y posibilidad de acumulación de jornada reducida.
  • Jornada complementaria y especial: Regulación de guardias presenciales, localizadas, telefónicas y telemáticas, con límites máximos y compensaciones por exceso de jornada.

La guardia de presencia física exige que el profesional permanezca en el centro, de forma personal y continua, durante el tiempo fijado para su desarrollo.

La guardia localizada establece que el profesional, aunque no se encuentre físicamente en su lugar de trabajo, debe permanecer disponible, localizable y preparado para acudir al centro de trabajo si es necesario. En esta modalidad se pueden atender y solucionar incidencias sin presencia física en el centro de trabajo.

La guardia mixta, aquella que, dentro de la programación funcional del centro se desarrolla de forma sucesiva y en este orden como guardia de presencia física y como guardia localizada.

También hay guardia telefónica, destinada a atender y solucionar incidencias a través del teléfono, sin que razonablemente se prevea la necesidad de presencia física.

Y también se regulariza la guardia telemática que es aquella que, dentro de la programación funcional del centro se realizan fuera del centro de trabajo, destinada a atender y solucionar incidencias a través de medios telemáticos, sin que razonablemente se prevea la necesidad de presencia física.

Complemento B


Por otro lado, en la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad celebrada hoy también se ha dado luz verde a otros acuerdos como el que conlleva la equiparación del coste del complemento B para licenciados y diplomados sanitarios del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (SUAP) del 061 al de sus homólogos en el Salud.

Los ocupantes de puestos de trabajo que tengan asignado el Complemento Específico Modalidad «B», deben cumplir una jornada de dedicación especial de duración superior a la prevista como jornada ordinaria, que supone la realización adicional voluntaria de 150 horas/año.

Reducción de jornada acumulada


El acuerdo regulariza que el trabajador puede solicitar por escrito la acumulación de la jornada reducida al inicio de la misma o cuando se produzcan cambios en su porcentaje o distribución en días o periodos. Será uniforme en el tiempo, es decir de lunes a domingo y durante todo el año, afectando de la misma manera a los días laborables como a los festivos, al turno diurno como al nocturno. La actividad efectiva acumulada no podrá superar una semana o diez días continuados, según sea el turno fijo o rotatorio, respectivamente.

Estos acuerdos refuerzan el compromiso del Salud con la mejora continua de la atención sanitaria, la sostenibilidad organizativa y el bienestar de sus profesionales.
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