Exterior de Muface
La calma llega tras la tormenta. Al menos ese suele ser el esquema habitual. No lo es, o al menos no parece serlo, en el caso del mutualismo administrativo. La crisis sin precedentes de
Muface aún arrastra varios cabos sueltos. Estas semanas, sin ir más lejos, uno de ellos se ha puesto sobre relieve. La
inclusión del 112 en la sanidad concertada de Muface se ha convertido en el nuevo foco de debate. Y es que los mutualistas adscritos a este modelo tienen restringido el uso de este teléfono universal, ya que las entidades (
en este caso Asisa y Adeslas) disponen de unos números propios (de nueve dígitos). Esto no significa que no puedan hacer uso del 112, claro que pueden, aunque la urgencia debe calificarse como ‘vital’ (y por tanto cumplir con una serie de requisitos). Sin embargo, como ha podido saber
Redacción Médica, Muface tiene
seis excepciones para que los funcionarios de la sanidad concertada puedan hacer uso del 112.
Esa es una de las ideas que ha salido a relucir en uno de los últimos comunicados de la mutualidad. Pero, para trazar estos seis supuestos, antes hay que remontarse al inicio de la historia. Y es que este debate, el de la
inclusión del 112 en la
sanidad concertada de Muface, se remonta a varios meses atrás. Fue en septiembre, unos meses después del fin de la crisis sin precedentes (y poco después de la firma del concierto sanitario) cuando
el debate hizo su aparición. Los mutualistas empezaron a reclamar el uso de este teléfono universal.
De esa primera demanda hacen ya varios meses. Desde entonces,
Muface ha anunciado que se encuentra
negociando con las comunidades autónomas la inclusión del 112 en la sanidad concertada. A todo ello se suma que los mutualistas, unidos en una plataforma denominada Muface-Sí que aúna a funcionarios de Muface y sus 'hermanos' (Isfas y Mugeju), han recopilado
más de 15.000 firmas para
solicitar poder hacer uso de este teléfono.
El 112 en Muface
Los mutualistas de la sanidad concertada de Muface
sí que pueden hacer uso de este teléfono 112. No obstante, en este punto cabe señalar que si los facultativos no la califican como
'urgencia vital', tendrán que abonar el
coste de los servicios. Un monto que, como ha
sacado a relucir Redacción Médica, puede llegar
hasta los 15.000 euros.
La urgencia vital está definida como "aquella en que se haya producido una patología cuya naturaleza y síntomas hagan presumible un
riesgo vital inminente o muy próximo, o un
daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéutica de inmediato".
Esa es la base. Con esa calificación, los mutualistas de la sanidad concertada de
Muface sí que pueden hacer uso de este teléfono. En caso contrario, y sujetos a una
serie de condiciones, los funcionarios tendrán que abonar los gastos de esta emergencia sanitaria de su propio bolsillo.
Los funcionarios, de hecho, han
acusado a Muface de "vulnerar la atención urgente" por restringir el uso de este 112. Algunos de ellos han explicado que
es un número "más sencillo" que el proporcionado por las aseguradoras.
La propia Muface ha respondido a estas acusaciones a través de un correo electrónico en el que defiende su postura, y
al que ha tenido acceso Redacción Médica. En esta respuesta, el modelo liderado por Myriam Pallarés no solo ha reiterado que no incumple con la normativa europea en materia sanitaria, sino que ha detallado
cuáles son las excepciones, más allá de esa urgencia vital.
La primera de ellas se centra en el supuesto escenario en el que "el paciente se encuentre en la vía o lugares públicos y los
equipos de emergencias sanitarias públicos (112, 061, etc.) sean
activados por persona distinta a aquel o a sus familiares en caso de que se encuentre acompañado".
Así, el segundo de los casos se refiere al momento en el que "la activación de los equipos de emergencias sanitarias públicos sea realizada por los
cuerpos de seguridad del Estado u otras estructuras de emergencias no sanitarias (bomberos, etc.)".
El listado continúa con otro momento clave. "Cuando
el mutualista sufra un
accidente en acto de servicio y sea atendido por los equipos de emergencias sanitarias públicos en el lugar donde se ocasione", menciona el Departamento de Prestaciones Sanitarias de Muface, que es quien firma este correo electrónico.
La cuarta de las excepciones hace referencia al supuesto en el que "el paciente resida en un
centro de mayores asistido o en un centro para crónicos y los equipos de emergencias sanitarias públicos sean activados por el personal del centro, o cuando aquél resida en domicilio particular, y estos equipos sean activados por un Servicio de teleasistencia de financiación pública, en ambos casos siempre y cuando aquél o su familia hayan comunicado al centro o servicio su adscripción a la entidad a efectos de su asistencia sanitaria".
"Cuando en el marco de una
emergencia sanitaria decretada por la autoridad sanitaria correspondiente, el beneficiario haya utilizado recursos sanitarios públicos por orden de aquella". Así define Muface el quinto de los supuestos.
Por último, la secta excepción hace referencia a aquellos mutualistas pertenecientes al
Cuerpo Nacional de Policía. Estos podrán hacer uso del 112 "con motivo de lesiones o daños corporales sufridos" en el ejercicio de sus funciones, o "con ocasión de actos cometidos por personas integradas en bandas o grupos organizados y armados".
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