Aitana Garí, directora del INSST.
El Gobierno es de sobra consciente de la
peligrosidad propia de la labor de los profesionales de salud, a menudo expuestos, de forma deliberada o no, a todo tipo de
agentes tóxicos. El covid dio buena muestra de ello: más de un centenar de trabajadores murieron a causa de este virus en el primer año de pandemia, y otros 200.000 se contagiaron. En una guía suscrita por el
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se asume la “incertidumbre” de la presencia de estos
agentes biológicos en la sanidad. “En este ámbito, la evaluación de riesgos debe contemplar los efectos tóxicos”, indica este informe, que cobra relevancia debido al nuevo decreto que acaba de aprobar el Ministerio de Seguridad Social para
regular el acceso a la jubilación anticipada. Un derecho hasta la fecha vetado a los colectivos de sanidad.
El citado documento es una guía técnica para la evaluación y prevención de los
riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, la cual destina un capítulo específico con medidas para los profesionales de salud. Dicho informe lleva el ‘sello’ del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que reconocen la “incertidumbre acerca de la presencia” de este tipo de
amenazas en establecimientos sanitarios y veterinarios, así como en laboratorios de diagnóstico.
Entre otros riesgos, el documento alude a la
exposición a aerosoles de origen biológico, que pueden ser causa de efectos alérgicos y tóxicos como rinitis, asma o
enfermedades pulmonares. Por otro lado, los hongos y las
bacterias termófilas “son una reconocida fuente de alérgenos que tienen un papel importante en el desarrollo de las neumonitis por hipersensibilidad”.
“En la mayoría de las situaciones, la presencia de bioaerosoles en el ambiente implica la exposición a mezclas complejas de
microorganismos, toxinas y alérgenos y hay que tener en cuenta una amplia gama de posibles efectos sobre la salud -apunta-. En términos generales, las enfermedades derivadas de la exposición a bioaerosoles pueden dividirse en: enfermedades infecciosas y enfermedades no infecciosas de las
vías respiratorias”.
En el Real Decreto 664/1997, relacionado con la protección de los trabajadores contra riesgos de exposición a agentes biológicos, ya se incide en la necesidad de
“adoptar medidas apropiadas” en los servicios de salud. Entre otras, la guía alude a la especificación de procedimientos de descontaminación y desinfección y a la garantía de la manipulación y eliminación de residuos contaminados sin riesgos.
En hospitales y demás centros sanitarios, la realización de tareas “puede dar lugar a diferentes situaciones en las que es posible la exposición a agentes biológicos por cualquier de las vías de entrada al organismo”. “En general, las más frecuentes son las que suponen
contacto directo con personas enfermas, con sangre y otros fluidos biológicos, y el contacto con materiales e instrumentos contaminados, en especial con
instrumentos cortopunzantes”, resume el documento.
Nuevo decreto para la jubilación anticipada
La peligrosidad es, de hecho, uno de los condicionantes esenciales para
determinar si una profesión puede ser considerada ‘de riesgo’ y por tanto tener derecho a la vía de
jubilación anticipada.
Cabe recordar que el Ministerio de Función Pública acaba de renovar el procedimiento para determinar los supuestos que
permiten la jubilación mediante la aplicación e coeficientes reductores. Para ello, se llevará a cabo un el análisis ‘multidimensional’ en el que se tendrán en cuenta no solo los factores habituales, como la incidencia de la
incapacidad temporal, los procesos y sucesos graves que se cometan en el sector (peligrosidad y toxicidad), sino también otros como la rotación en el trabajo, que a la postre tiene un impacto destacado en el sector de la salud, donde son habituales los cambios de turno. Se considera un factor de riesgo dado que afecta a la salud del trabajador, por ejemplo, con trastornos de sueño o afecciones mentales.
Tanto desde el ámbito médico como el enfermero han reivindicado, en declaraciones recientes a
Redacción Médica, su
derecho a acogerse a esta modalidad de retiro anticipado, aunque temen que la ‘letra pequeña’ del real decreto, que limita la interactuación con agentes sociales a los sindicatos
“más representativos”, suponga un obstáculo en la intermediación con el Gobierno.
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