En respuesta al PP, recuerda que se fijarán coeficientes reductores si no pueden modificarse las condiciones de trabajo

Elma Saiz, ministra de Seguridad Social, que insiste en que adaptar las condiciones de trabajo es prioritario a la prejubilación con coeficientes reductores en sanidad
La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz.


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En pleno marco de la reforma del sistema de jubilaciones emprendida por el Ministerio de Seguridad Social, el Gobierno sigue sin aclarar sin los profesionales sanitarios podrán acogerse a la jubilación anticipada sin perder dinero en la nómina de la pensión. En lo que sí insisten desde Moncloa es que la idea es priorizar la prolongación de la vida laboral en condiciones seguras para los trabajadores: “El establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación sólo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo y conllevará los ajustes necesarios en la cotización para garantizar el equilibrio financiero”.

El Ejecutivo contesta así a una pregunta escrita registrada en el Congreso, en la que el Grupo Popular se interesaba por las medidas previstas para “propiciar el reconocimiento de la jubilación anticipada y voluntaria para el personal de la sanidad, con contratos de relevo, además de la jubilación mediante coeficientes reductores considerando las condiciones laborales de toxicidad y penosidad realizadas durante años”.

El Gobierno se remite al Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que reforma la Ley General de la Seguridad Social, y en el que se prevé “rebajar la edad mínima de jubilación” mediante “coeficientes reductores” en grupos profesionales “cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre”, pero sólo “cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo”.

Planes del Gobierno para la jubilación anticipada en sanidad


En cualquier caso, recuerdan desde Moncloa que todavía está en trámite el proyecto de Real Decreto para actualizar la norma vigente, por lo que los parámetros para establecer coeficientes reductores para la prejubilación dependerán del “procedimiento que se regule en la norma que finalmente resulte aprobada”.

El quid de la cuestión es que, en noviembre, desde Seguridad Social ya trasladaron a Redacción Médica que la jubilación anticipada es “el último paso” previsto en el futuro Real Decreto, que más bien apuesta por garantizar “que todos los trabajadores presten su trabajo en condiciones de salubridad que sean óptimas tanto a nivel social como psicosocial”. Dicho de otro modo, en el borrador sólo se prevé activar la jubilación anticipada cuando “no se puedan modificar las condiciones de trabajo” para reducir riesgos por penosidad, peligrosidad o insalubridad. Es, al menos, lo que vienen denunciando sindicatos como CCOO, CSIF y CESM.

En todo caso, en el Real Decreto no se aludirá de forma expresa a la sanidad como uno de los sectores cuyos profesionales puedan adherirse a ese tipo de jubilación anticipada. Ni a la sanidad ni a ningún otro. En marzo, el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, explicó que la futura norma sólo incluirá “un procedimiento con todas las garantías” basado en “indicadores objetivos” para “la constatación de la existencia de penosidad en actividades u ocupaciones concretas”.

“A partir de ahí, los sujetos legitimados para iniciar estos procedimientos solicitarán ese reconocimiento para el coeficiente reductor, y a partir de esos indicadores colectivos, se tomará una decisión”, dijo el número dos del ministerio que dirige Elma Saiz.

Contrato de relevo y reforma del Estatuto Marco


En cuanto a los contratos de relevo, recuerda el Gobierno que, el 18 de noviembre, el Ministerio de Función Pública y los sindicatos CCOO y UGT firmaron un acuerdo para recuperar la jubilación parcial para los profesionales estatutarios de la sanidad, con y sin contrato de relevo. Una de las claves del acuerdo era asegurar que el relevista que venga a cubrir la parte de la jornada que deje ‘vacante’ el jubilado parcial sea estatutario fijo. “Sin perjuicio de lo anterior, las modificaciones legislativas precisas para hacer realidad dicho compromiso implican la modificación del artículo 67 del Estatuto Básico del Empleado Público”, detallan desde Moncloa.

Al margen de ello, en la respuesta se subraya que el Ministerio de Sanidad y los sindicatos del Ámbito de Negociación siguen trabajando para llegar a un acuerdo para reformar la ley del Estatuto Marco vigente desde 2003, “con el fin de mejorar las condiciones laborales de todo el personal estatutario”.
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