Quizás conviene comenzar señalando que las
profesiones de riesgo representan un segmento laboral donde los trabajadores se enfrentan diariamente a condiciones que pueden comprometer su
salud física, mental o ambas. Son ocupaciones, vitales para el mantenimiento de
servicios esenciales de la sociedad, que implican una exposición significativa a peligros que van desde
sustancias tóxicas hasta situaciones de alto estrés emocional. El reconocimiento de estas profesiones como de riesgo dentro del
marco legal y laboral es fundamental para garantizar la protección y el bienestar de quienes las ejercen.
Empezando por la definición de la
legislación internacional, en la mayoría de los países las profesiones de riesgo son aquellas que, por la naturaleza de sus tareas, exponen a los trabajadores a riesgos que aumentan significativamente la probabilidad de sufrir lesiones, enfermedades o incluso la muerte. Estos riesgos pueden ser físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.
La clasificación de una profesión como de riesgo depende de diversos factores como el entorno laboral, los instrumentos y materiales utilizados, y la naturaleza específica de las tareas y funciones desarrolladas.
En España, la legislación sobre profesiones de riesgo se articula principalmente a través de la Ley 31/1995, de
Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y el marco normativo que desarrolla esta ley. Esta legislación establece las obligaciones de los empleadores en cuanto a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Específicamente, la LPRL exige la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales, así como la implantación de medidas preventivas adecuadas que garanticen la protección eficaz de la salud de los trabajadores.
Así, los trabajadores que pueden acogerse a la regulación de profesiones de riesgo son aquellos que están legalmente reconocidos dentro de esta categoría por las
autoridades laborales y de salud.
Los colectivos considerados profesionales de riesgo actualmente son los siguientes:
• Trabajadores incluidos en Estatuto Minero
• Personal de vuelo de trabajos aéreos
• Trabajadores ferroviarios
• Artistas —cantantes, bailarines y trapecistas—
• Profesionales taurinos
• Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
• Policías locales.
• Miembros del cuerpo de la Ertzaintza, de los Mossos y de la Policía Foral de Navarra -siendo estos dos colectivos los últimos en lograr la calificación-.
A nadie se le escapa que
la Medicina es una profesión que implica un alto grado de riesgo debido a la exposición a agentes biológicos, agentes físicos, agentes químicos, riesgo ergonómico y psicosocial. Sin embargo, en España aún no ha sido oficialmente reconocida como una profesión de riesgo.
"A nadie se le escapa que la Medicina es una profesión que implica un alto grado de riesgo debido a la exposición a agentes biológicos, agentes físicos, agentes químicos, riesgo ergonómico y psicosocial"
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Los riesgos biológicos a los que se exponen cada día quedaron patentes en la
pandemia de Covid-19, en la que se produjeron miles de contagios (accidentes de trabajo), Covid agudos y persistentes (enfermedades profesionales) y cientos de muertes de médicos como consecuencia de esta enfermedad. Los agentes biológicos, además, son parte de cientos de accidentes de trabajo cada año, los accidentes de riesgo biológico, por pinchazos , salpicaduras, etc.... Otros riesgos son las infecciones por gérmenes que se diseminan por vía aérea, por gotas o por contacto que pueden desencadenar cuadros agudos o secuelas permanentes. Algunas son enfermedades presentes en el listado de
enfermedades profesionales.
Otro de los riesgos es la exposición a agentes físicos:
- Como las
radiaciones ionizantes, un riesgo significativo en áreas como Radiodiagnóstico, Hemodinamia, Arritmias, Radiología Intervencionista y Medicina Nuclear, donde se deben seguir protocolos estrictos de seguridad para minimizar la exposición.
- Las vibraciones en unidades móviles como
SUMMA 112 o SAMUR también presentan desafíos únicos, requiriendo equipos y entrenamiento especializado para manejar estas condiciones.
-Los agentes químicos, como el formol en
Anatomía Patológica, las sustancias volátiles de medicamentos peligrosos y citostáticos, requieren medidas de control rigurosas debido a sus propiedades teratogénicas o carcinogénicas.
-Los riesgos ergonómicos como la bipedestación estática prolongada y las
posturas forzadas en quirófanos demandan una atención especial para prevenir trastornos musculoesqueléticos.
A todos estos riesgos se suman los
riesgos psicosociales asociados a las condiciones laborales:
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Guardias de 17 y 24 horas o jornadas prolongadas extenuantes: la nocturnidad se ha demostrado que aumenta la incidencia de tumores primarios en mujeres donde por cada 5 años de trabajo en turnos de noche, el riesgo de
cáncer de mama en mujeres aumenta un 3,3 por ciento (algo muy a tener en cuenta en una profesión donde más del 70 por ciento son mujeres). El trabajo nocturno de larga duración presentó un potencial efecto cancerígeno de cáncer de mama, de cáncer de aparato digestivo y de
cáncer de pulmón. Además,
la nocturnidad aumenta el riesgo de patología cardíaca y mental, secundario a las alteraciones del ritmo circadiano.
"La nocturnidad se ha demostrado que aumenta la incidencia de tumores primarios"
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-La sobrecarga emocional y laboral provoca el síndrome de burnout o del quemado, que se agudizó de forma significativa con la última pandemia, y ha generado a miles de profesionales médicos trastornos psiquiátricos. El último informe del PAIME manifiesta un aumento del 200 por ciento en los cinco últimos años. El trastorno mental es el principal motivo (84,9 por ciento) seguido por el alcoholismo (5,6 por ciento), drogas (3 por ciento) y la patología dual (6,5 por ciento).
La mayor incidencia se centra en algunas especialidades como Medicina Familiar y Comunitaria, Pediatría y Psiquiatría. Hay mayor incidencia en jóvenes de 31 a 40 años y en los residentes.
Paradójicamente se suma otro riesgo de naturaleza creciente, como es el riesgo de agresión por parte de pacientes o acompañantes. El informe del
Observatorio de agresiones a profesionales de la salud del Ministerio de Sanidad nos muestra que los profesionales que mayoritariamente sufren agresiones son los profesionales de la Medicina. Las causas son ajenas a la praxis médica en la mayoría de los casos y relacionadas con la propia organización.
Ante esta situación,
es necesario que el Estado reconozca a la profesión médica como profesión de riesgo. Por ello, desde CESM se presentó una solicitud debidamente documentada al Ministerio de Inclusión y Seguridad Social en la que se detallan los riesgos a los que se exponen los profesionales médicos y las consecuencias que producen en su salud. Este reconocimiento depende del análisis de datos (
absentismo laboral, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, etc.) para lo que es imprescindible que se haya realizado la notificación de casos correctamente. La decisión final para determinar si la Medicina debe ser reconocida como una profesión de riesgo recae en la
Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
Así, el reconocimiento de la Medicina como profesión de riesgo permitiría acceder a estos profesionales a la
pensión íntegra en caso de prejubilación. El artículo 206.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), establece que la edad mínima de acceso a la pensión de jubilación podrá ser rebajada en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre.
Desde CESM y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) trabajamos y luchamos para que la profesión médica sea declarada como profesión de riesgo, y así hacer justicia y aumentar la protección a todos los facultativos. Por ello reivindicamos este
cambio legislativo en España, y tal vez nos veamos en la necesidad de tenerlo que elevar a las Instituciones Europeas para que sean estas las que en justicia obliguen al Estado español a hacerlo.
"Trabajamos y luchamos para que la profesión médica sea declarada como profesión de riesgo, y así hacer justicia y aumentar la protección a todos los facultativos"
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En este sentido, la
Unión Europea ha demostrado un compromiso continuo con la mejora de la salud y la seguridad en el trabajo. Desde hace más de 20 años se han establecido normas y legislaciones de mínimos para salvaguardar la integridad de los trabajadores, y la
Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el trabajo ha establecido un marco estratégico hasta 2027. Marco que establece la necesidad de mejorar la prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, e incrementar la preparación para responder a las crisis sanitarias actuales y futuras. Así mismo, la seguridad en el trabajo es un componente clave del “Plan de acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales”, celebrado en la Cumbre Social de Lisboa de 2021.
Por tanto, a pesar de estas declaraciones internacionales y de los avances significativos, resulta urgente reconocer que ciertas profesiones, como la Medicina, se enfrentan a riesgos graves inherentes al desarrollo de sus funciones que exigen la necesidad de continuar mejorando las condiciones de trabajo y la protección de estos trabajadores. En eso estamos centrados desde CESM, y es el objetivo que ha motivado la
campaña de movilizaciones que está en marcha y que tiene como próxima parada la huelga nacional del próximo 13 de junio.