El Gobierno elevará la reforma al Consejo de Estado y hará un requerimiento a las CCAA sin registro de objetores

La ministra de Sanidad, Mónica García, tras la reunión del Consejo de Ministros.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo; y la ministra de Sanidad, Mónica García, tras la reunión del Consejo de Ministros.


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La reforma constitucional que garantizará la interrupción voluntaria del aborto está cada vez más cerca. Ha sido este martes cuando el Consejo de Ministros ha presentado su propuesta oficial, con la que pretenden que conste en la Carta Magna dicho derecho. Pero no solo eso, ya que la ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado emprender acciones legales mediante un requerimiento formal a la Comunidad de Madrid sobre el registro de objetores de conciencia. La capital ya "ha hecho una negación explícita del cumplimientro de la ley, pero también hay comunidades autónomas que siguen sin tener este registro como son Baleares y Aragón". "La ley se cumple, y punto", ha sentenciado. 

Según ha afirmado la ministra de Igualdad, Ana Redondo, "se incorporará un apartado concreto en el artículo 43.4, donde se generará un nuevo párrafo". "Así, estamos reconociendo una garantía prestacional y los derechos de las mujeres a la interrupción del embarazo como una prestación que tiene que ser satisfecha en el Sistema Nacional de Salud (SNS)", ha matizado. Una iniciativa "compleja" -tal y como ha subrayado Redondo- que se elevará al Consejo de Estado, para que dicte una 'sentencia' definitiva, quien deberá cualificar técnicamente esta adición.

Todo ello con la mirada puesta en Europa. "Acudiremos también a Bruselas con la misma línea argumental y de trabajo para incorporar esta carta de derechos en la Unión Europea", ha apuntado. No obstante, no es una prioridad, ya que la modificación de la Constitución es el objetivo del Gobierno de España.

Por lo pronto, el artículo 43 de la Constitución Española, que hace referencia en su primer punto al "derecho a la protección de la salud" incluiría un cuarto epígrafe, que quedaría redactado de la siguiente forma: "Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres".

Una modificación constitucional de gran recorrido


Tal y como ha venido informando Redacción Médica en la última semana y ha recordado este miércoles Redondo, en la Constitución se contemplan dos mecanismos de reforma. El primero, regulado en el artículo 167, es más sencillo aunque esté lleno de dificultades: obliga a contar con el ‘sí’ de tres quintos del Congreso y del Senado. El otro, recogido en el artículo 168, exige el voto favorable de dos tercios del Congreso y del Senado, la convocatoria de elecciones generales, la reedición del apoyo previo de las Cortes y el amparo ciudadano por referéndum. Este último está reservado para reformar los artículos que recogen los derechos y las libertades fundamentales, entre los que se encuentra el 15, dedicado al derecho a la vida y al que tradicionalmente se ha asociado la posibilidad de despenalizar el aborto en la Carta Magna.

Para esquivar la vía agravada de reforma constitucional -algo en lo que coinciden ambos socios de Gobierno-, Sumar presentó en febrero una propuesta que pasaba por añadir un cuarto epígrafe al artículo 43 de la Constitución, dedicado al derecho a la protección de la salud, que rezara: “Se reconoce el derecho a una interrupción voluntaria del embarazo que sea libre, informada, plena y universal. Los poderes públicos garantizarán el ejercicio de este derecho con absoluto respeto a su autonomía física”.

Este lunes, El País publicó que el planteamiento en el que estaba trabajando el Gobierno era ligeramente distinto y, básicamente, se limitaba a modificar el tercer epígrafe del propio artículo 43, cuya redacción actual es la siguiente: “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio”.

Fuentes de Sumar avanzaron a Redacción Médica su disconformidad con esa alternativa: “No es la opción. Llevamos mucho tiempo trabajando con organizaciones feministas y de profesionales para que el aborto sea un derecho dentro del artículo 43 con un párrafo específico para ello. Es algo de tal envergadura que debe estar en un apartado diferenciado, y así lo vamos a pelear en Sumar”. Finalmente, el Gobierno ha optado por evitar cualquier choque en su seno: la propuesta aprobada por el Consejo de Ministros respeta la del Grupo Plurinacional.

Contra la ola reaccionaria


En palabras de Redondo, tal y como ha subrayado en la rueda de prensa de este miércoles, "por primera vez, las mujeres tienen reconocida la libertad en esta propuesta". "Se trata de una medida importante en un momento histórico en el que la ola reaccionaria nos está llevando a una retroalimentación de los derechos y a un retroceso importante, es decir, un recorte de derechos que, como ya dijo el presidente del Gobierno, no íbamos a tolerar", ha señalado.

Redondo ha explicado que la opción elegida por el Ejecutivo ha sido la constitucional debido a que "la interrupción del embarazo es una prestación que tiene que ser satisfecha por el SNS". "Por ello, es donde tiene cabida, en ese título primero de la Constitución sobre los derechos y deberes fundamentales, y en ese capítulo tercero que hace referencia a los principios rectores de las políticas sociales y económicas", ha anotado.

En este sentido, ha hecho referencia al reconocimiento que hace el propio Tibunal Constitucional en la sentencia 44/2023, "donde reconoce el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, conectándolo con el artículo 10, relativo a la dignidad de la persona y el derecho a su desarrollo de vida", aparte de estar hilado con "el artículo 15, relativo a la integriadad física y moral". Pero no solo eso, ya que también conecta este "derecho" con el 139.1, que "reconoce la igualdad de derechos de las mujeres en todo el territorio nacional".

Según ha profundizado, hay dos tipos de procesos para realizar la reforma planteada. En primer lugar, el recogido en el artículo 167 de la Constitución, que equivale a una reforma ordinaria, aunque también exista la opción "agravada", indicada en el artículo 168. "Esta ha sido la elegida, aunque requiere de mayorías cualificadas, por lo que no va a ser sencilla", ha añadido.

Mayorías, en concreto, "de las tres quintas partes del Congreso y de las tres quintas partes del Senado". "Si no se obtuviera un acuerdo, se crearía una comisión paritaria -de Congreso y Senado- que propondría un nuevo texto. Un texto que también tendría que someterse a las mayorías de las Cámaras, entre otros trámites", ha puntualizado. 

En definitiva, "un proceso complejo". Sin embargo, ha puesto en valor que "el debate ya ha comenzado".

Aragón, Baleares y Madrid, en el punto de mira de Sanidad


Por otro lado, García ha avanzado que su departamento comenzará la tramitación de un requerimiento formal a la Comunidad de Madrid  -aparte de Baleares y Aragón- con base en el cumplimiento de "la Ley Orgánica 1/2023, sobre la obligación que tienen todas las comunidades de cumplir con el registro de objetores de conciencia". Según la titular de la cartera, "la señora Ayuso ya está mandando a las mujeres a otro lado a abortar". "No nos vamos a ir a ningún sitio, las mujeres nos quedamos y vamos a ejercer nuestros derechos libremente, aquí y ahora", ha sentenciado. 

Al final, tal y como ha detallado, "el registro es una herramienta esencial para garantizar que los derechos de las y los profesionales sanitarios sean compatibles con los derechos de las mujeres a interrumpir voluntariamente el embarazo en condiciones de equidad, de seguridad y de respeto". 

A modo de contexto, García ha destacado que en el Consejo Interterritorial del SNS de diciembre de 2024, "todas las regiones votaron a favor de su creación". "La inmensa mayoría han cumplido con su obligación o el texto se encuentra en fase de trámite, salvo Madrid, Baleares y Aragón", ha anotado. 

Las tres "no han hecho nada por ahora", pero solo Madrid "ha sido explícita en el incumplimiento de la ley". "Por ello, hoy activamos este procedimiento legal. Madrid, Aragón y Baleares tienen un mes para responder a este requerimiento. Este procedimiento está previsto en el artículo 44 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si después de este requerimiento no existe respuesta, habrá dos meses de plazo para acudir a los tribunales y plantear un concencioso-administrativo para que un juez les obligue a cumplir la ley", ha explicado.
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