La ministra de Sanidad, Mónica García.
El Ministerio de Sanidad desmiente que la
última versión del Estatuto Marco remitida a los sindicatos del Ámbito de Negociación conlleve la supresión de derechos, como han denunciado este mismo lunes en un comunicado CESM y SMA. Según el departamento dirigido por Mónica García, las afirmaciones de ambos sindicatos son "incorrectas". En una nota, aclara que las novedades del texto tienen que ver con las
aportaciones introducidas por los técnicos de las comunidades autónomas. "Se reubican contenidos, se integran medidas o se remite su regulación a los ámbitos competentes conforme al marco constitucional de distribución de competencias", especialmente las autonómicas. Además, si el texto fue enviado en estos términos a las organizaciones del Ámbito fue en respuesta a una "petición expresa" de los propios representantes sindicales, incluidos los de CESM. En efecto,
los sindicatos habían exigido reunirse directamente con Sanidad para estudiar las propuestas de las comunidades autónomas antes de que se convoque el Foro Marco de Diálogo Social entre las tres partes.
Según Sanidad, en el borrador de
Estatuto Marco remitido a Satse, CCOO, UGT, CSIF, CIG-Saúde y CESM se señalan "de forma diferenciada" todos los cambios introducidos, incluyendo "añadidos, correcciones y supresiones", con el objetivo de
"garantizar la máxima transparencia sobre el origen y el contenido de cada propuesta". En cuanto a los aspectos criticados por CESM y SMA en su comunicado matutino, el ministerio aclara que la mención a ratios se ha suprimido a solicitud de las comunidades autónomas: "Establecer ratios homogéneas implica una planificación nacional que requiere estudios técnicos actualmente en tramitación parlamentaria como ley específica. No se trata de una eliminación de derechos, sino de una reubicación normativa a un instrumento más adecuado y específico".
Modificaciones por competencias autonómicas
No el único aspecto en el que el departamento alude a las competencias regionales para justificar cambios. El texto no incluye incentivos retributivos, explica, "porque esta es una materia reservada a la negociación en cada mesa sectorial autonómica": "La norma estatal no puede aprobar ni establecer complementos retributivos", subraya. Lo mismo ocurre con la estructura retributiva, incluyendo qué complementos se abonan y cómo se denominan, que es "competencia exclusiva de las comunidades autónomas": "
La norma estatal no puede imponer una estructura retributiva homogénea". De igual modo, establecer retribuciones complementarias, como las de las guardias médicas, "es competencia autonómica": "
Imponer mínimos retributivos desde el Estado podría generar conflictos de competencias, por lo que se ha eliminado esa fórmula concreta". El derecho a las retribuciones al cien por cien en incapacidad temporal y los permisos vinculados se mantiene, de acuerdo a Sanidad, "pero su aplicación debe ser regulada por cada comunidad autónoma, en el marco de su capacidad para desarrollar políticas retributivas".
Por otro lado, la capacidad para fijar “criterios comunes” en el Ámbito Nacional de Negociación se ha suprimido "porque implicaría invadir competencias exclusivas de las comunidades autónomas en materia de personal":
"El texto respeta el marco constitucional y evita duplicidades o conflictos competenciales". En cuanto al derecho a negociar el régimen de vacaciones, lo que se ha hecho en el nuevo borrador es establecer que su negociación le corresponde al ámbito competencial autonómico. Ocurre lo mismo con la regulación de los incentivos por difícil cobertura, que "se mantiene en el nivel autonómico, conforme a sus competencias". En lo que se refiere a la movilidad forzosa, Sanidad explica que no se ha eliminado el preaviso, sino que se ha sustituido "la fórmula legal rígida" por "una una redacción que permita adaptaciones normativas, remitiendo su concreción a los procedimientos establecidos por cada comunidad autónoma".
También
se ha "actualizado" la redacción de los términos de la jornada diurna "para adecuarla a la normativa europea": "La determinación del horario concreto debe ser objeto de negociación en cada comunidad autónoma", remarca el ministerio. Además, se mantiene la referencia a “condiciones de prestación del servicio” en lo que se refiere a horarios en situación de salud pública. La mención específica a “horarios” se ha retirado porque, una vez más, es "materia organizativa de competencia autonómica".
El ministerio indica que la compensación por exención de turnos por embarazo, lactancia o problemas de salud no se ha eliminado: "El derecho se mantiene en el texto. Su aplicación debe negociarse en cada servicio de salud autonómico".
Tampoco se ha suprimido el contenido del Plan de Conciliación, sino que se ha integrado dentro del Plan de Igualdad, "que incluye todas las medidas de conciliación", lo cual "responde a una lógica de simplificación normativa y coherencia con la legislación vigente". En cuanto al derecho al ejercicio efectivo de la profesión, se ha reubicado en el texto "porque ya se recoge en otro apartado del mismo artículo", pero "su contenido permanece íntegro". Por su parte, la cláusula de las medidas preventivas en trabajo a turnos "porque la normativa de prevención de riesgos laborales ya obliga a evaluar estos factores, sin necesidad de reiterarlos".
Se mantienen las OPE bienales y descansos de 36 horas
Sanidad desmiente que se haya dado marcha atrás a la hora de regular la
obligatoriedad de convocar ofertas de empleo público cada dos años: "La única modificación consiste en permitir que una misma convocatoria pueda incluir plazas de varios años, evitando convocatorias anuales innecesarias y redundantes". En lo referente a la carrera profesional, "contempla cuatro niveles más uno inicial, lo que en conjunto mantiene los cinco niveles previstos hasta ahora". Finalmente, el ministerio asegura que
se mantiene el derecho al descanso semanal "conforme a la normativa vigente", que "establece un mínimo de 24 horas de descanso continuado cada siete días, al que se suman las 12 horas correspondientes al descanso diario, alcanzando así un total de 36 horas consecutivas".
Según el departamento, esa interpretación del tiempo de descanso "es coherente con lo dispuesto en la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, así como con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que
exige garantizar ambos periodos de descanso de forma acumulada". Además, "ha sido respaldada por sentencias del Tribunal Supremo en el ámbito sanitario, especialmente en lo relativo a las condiciones tras la realización de guardias médicas prolongadas".
Las negociaciones siguen abiertas
Al margen de las aclaraciones, Sanidad recuerda que el proceso de negociación para la reforma del Estatuto Marco -cuya versión vigente data de 2003- "sigue abierto a la participación activa de todas las organizaciones sindicales". Este martes celebrará una
nueva reunión del Ámbito de Negociación en la que
se analizarán las aportaciones de las comunidades autónomas al borrador legislativo. Tras ello llegarán las reuniones del Foro Marco para el Diálogo Social entre el Ministerio de Sanidad, las comunidades autónomas y las organizaciones sindicales. Finalizada la fase técnica, el texto iniciará su "tramitación formal", que incluirá la consulta pública, los informes interministeriales preceptivos y su posterior debate parlamentario.
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