Sede del Ministerio de Sanidad.
El Ministerio de Sanidad afronta la recta final de la negociación para tratar de reformar el
Estatuto Marco con
dos frentes de huelga abiertos por los sindicatos. Este mismo martes ha arrancado el
paro de cuatro días convocado por CESM y SMA contra el borrador legislativo. De nada sirvieron los intentos del departamento por acercar posturas hasta mediados de la semana pasada, cuando las dos organizaciones rechazaron una última oferta con
propuestas como la reducción progresiva de las guardias. Ambos sindicatos insisten en reclamar, entre otras cosas, un estatuto específico para el personal facultativo, un foro de negociación también propio y el carácter voluntario de las guardias. Son, en su mayoría, pretensiones “imposibles” dentro de los límites legales de una norma como el Estatuto Marco, según destacan a
Redacción Médica fuentes del núcleo duro negociador de Sanidad, que, no obstante, dejan la puerta abierta a incluir en el texto varios de los últimos avances ofrecidos, siempre y cuando se respeten las fronteras competenciales del ministerio:
“Lo que no podemos es saltarnos la ley”.
Sanidad ya jugó con esos márgenes legales en la propuesta remitida a CESM y SMA hace tan sólo unos días. En lo que al
foro de negociación facultativo se refiere, el ministerio planteó añadir al Estatuto Marco una nueva disposición adicional que, entre otros aspectos, sugería la constitución de un grupo de trabajo entre la propia cartera de Sanidad y la de Función Pública para “identificar y definir, en el marco de la normativa vigente, nuevas formas específicas de participación de las profesiones sanitarias”.
El Gobierno se comprometía a elaborar, en un plazo de seis meses tras la entrada en vigor de la ley del Estatuto Marco, un informe que incluyera “criterios materiales y temporales para la
adecuada incorporación de dichas formas de participación en los entornos existentes, tanto a nivel estatal como autonómico, y siempre dentro del marco establecido por la legislación básica”. En resumen, se abría a impulsar un estudio sobre la posibilidad de que se constituyan mesas de negociación específicas para los médicos, pero no a hacerlo de manera directa desde el Ejecutivo porque ello excede a los poderes ministeriales.
Ocurría lo mismo con la oferta en torno a la regulación de las guardias. El ministerio planteó la idea de que
“la organización de la guardia” incorporara “criterios de flexibilización y conciliación”, siempre y cuando quedara asegurado “el adecuado funcionamiento asistencial y la garantía del derecho constitucional a la protección de la salud”. Es, según las fuentes ministeriales consultadas, lo máximo que puede prometer el departamento dentro de sus competencias. Sobrepasar esos límites, dicen, sería “inconstitucional”. Los sindicatos médicos reclaman dar un paso más y estipular que la realización de guardias sea voluntaria, pero es algo “imposible” dentro de las capacidades de Sanidad: “La gestión es de las comunidades autónomas. Nosotros hemos puesto márgenes altos, pero hemos llegado a los máximos”.
Por eso, dentro de lo que cabe,
en el ministerio siguen dispuestos a incluir en el borrador legislativo algunas de sus últimas propuestas. Es más, deslizan que, en las reuniones mantenidas con el comité de huelga la semana pasada, los sindicatos no llegaron a adoptar ninguna decisión firme, y que fue después cuando CESM rechazó la oferta tras consultarlo con su ejecutiva. Fuera como fuese, la convocatoria de huelga se mantuvo. El quid de la cuestión, reiteran por vez enésima desde Sanidad, está en actuar dentro de sus fronteras legales y competenciales para no entrar en conflicto con las responsabilidades no sólo de las comunidades autónomas, sino también de otros ministerios.
Los salarios y la jubilación no pueden entrar en el Estatuto Marco
Esto último es algo en lo que lleva insistiendo el ministerio en los últimos meses. El departamento se ampara, especialmente, en las conclusiones de dos informes elaborados en primavera por su equipo jurídico. En el análisis dedicado a la posibilidad de
regular los salarios sanitarios en el Estatuto Marco, se expuso que
la materia retributiva de los funcionarios de carrera es propia de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE), cuyo impulso le corresponde al Ministerio de Hacienda. Por tanto, abordar la cuestión salarial en una “ley ordinaria” como la del Estatuto Marco, “que lo que hace es regular el régimen de un tipo de personal al servicio del ciudadano (personal estatutario)”, rompería el “respeto al principio de especialidad y competencia”.
En el otro informe, la Secretaría General Técnica del ministerio dejó claro, por un lado, que la
adaptación del sistema de pensiones para que las horas extra también computen para la jubilación es “una
materia propia de la seguridad social”, y por otro, que el “impulso y negociación” de la calificación de la profesión médica como “de riesgo” -para, posteriormente, solicitar la jubilación anticipada con coeficientes reductores- le corresponde “al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en conjunto con el Ministerio de Trabajo y Economía Social”, en virtud de los Reales Decretos que regulan la estructura orgánica de ambos departamentos.
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