Mónica García, ministra de Sanidad.
El Congreso aprobó este martes la
Ley para crear la Agencia Estatal de Salud Pública tras una
dura y larga negociación que comenzó en abril, tras su visto bueno en el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Sanidad después de que el pleno de la Cámara Baja, con los votos en contra de PP, Vox y Junts, tumbara el primer intento por sacar adelante la normativa en esta legislatura.
“Ahora nuestro país va a estar mejor protegido, vamos a tener una mayor vigilancia y una
mejor respuesta ante las emergencias sanitarias que puedan surgir”, valoró la ministra Mónica García a la salida de la sesión en el hemiciclo, la última antes del parón veraniego en las Cortes. La Agencia, en efecto, nacerá como mandato de la Ley General de Salud Pública y, sobre todo, a raíz de las
carencias detectadas en el sistema público de salud español para hacer frente a la pandemia de Covid-19.
Objetivos de la Agencia de Salud Pública
El objetivo fundamental de la Agencia Estatal de Salud Pública es, en resumen, “
reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias, con un enfoque salutogénico que potencie las capacidades y el empoderamiento de las personas y las comunidades”.
Para ello será clave un enfoque transversal y desde la perspectiva del One Health, “
sin perjuicio de las competencias asignadas a los departamentos con competencias en materia de salud animal, salud vegetal, seguridad alimentaria y protección ambiental y a otras Administraciones públicas”. La Agencia, por tanto, asumirá un rol coordinador con el resto de entes territoriales dedicados a los mismos fines.
Claves del Estatuto de la Agencia de Salud Pública
El paso más importante para impulsar esa actividad es la aprobación del estatuto del órgano nacional. Lo advirtió el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, poco después de que el Congreso diera luz verde a la ley: “Se ha aprobado la Ley de creación de la Agencia Estatal de Salud Pública.
Ahora nos quedan unas semanas de trabajar en sus estatutos para hacerla real”, publicó en X.
El Gobierno tendrá un plazo de
seis meses para aprobar el real decreto del estatuto una vez entre en vigor la ley, que será un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para ello habrán de ponerse de acuerdo tres ministerios: el de Sanidad, el de Hacienda y el de Transformación Digital y Función Pública.
En ese real decreto se determinarán los órganos, centros y servicios de la Administración General del Estado que quedarán integrados en la Agencia. También se concretará la incorporación al
Consejo Rector de representantes de las comunidades autónomas propuestos por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Por último, se detallará la estructura organizativa y los órganos de gobierno y ejecutivos de la Agencia.
Así se nombrará al director/a de la Agencia
Otra de las funciones del Consejo Rector será el nombramiento del futuro director o directora de la Agencia Estatal de Salud Pública. Se trata de
uno de los puntos que más debate ha suscitado en las Cortes por las reticencias del PP y de Vox a la supuesta intención del Gobierno de ‘colocar’ en el puesto al director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, aunque este último ha dicho en varias ocasiones que no aceptaría una designación discrecional.
En todo caso, la ley establece que la elección habrá de respetar los
principios de igualdad, mérito y capacidad entre “personas de reconocida competencia y experiencia en los campos de actuación de la Agencia”. No será obligatorio que los candidatos hayan desarrollado esa actividad en el sector público, pero sí preferente. La propuesta de director tendrá que ser evaluada por el pleno del Consejo Interterritorial. Es
uno de los aspectos que el PP logró aprobar en el Senado merced a su mayoría absoluta.
¿Con qué personal contará la Agencia?
La plantilla de la Aesap estará integrada por
profesionales de diversos ámbitos de la Administración. Por un lado, estarán los empleados que ya ocupen puestos en los servicios que pasen a formar parte del nuevo organismo en el momento de su constitución. A ellos se sumará personal proveniente de otras administraciones públicas que acceda a través de los procedimientos de provisión de puestos previstos en e
l Estatuto de la Aesap y en sus planes de actuación, tanto inicial como anuales.
Asimismo, la Agencia Estatal de Salud Pública contará con la posibilidad de incorporar nuevos profesionales a través de
procesos selectivos convocados expresamente para tal fin. Estos procedimientos estarán regulados por lo dispuesto en el Estatuto de la propia Agencia, que fijará tanto los criterios de selección como las bases de actuación. El Estatuto será también el marco normativo que regirá la designación del equipo directivo de la Aesap, cuyas funciones y responsabilidades se ajustarán a los principios establecidos en la ley. Además, esta normativa recogerá las
especialidades aplicables al personal funcionario y estatutario que se integre en la Agencia.
Por su parte, los empleados procedentes de otras administraciones mantendrán su condición de personal funcionario, estatutario o laboral de origen, en función de la normativa aplicable. En ese sentido, el
personal funcionario y estatutario se regirá por la legislación correspondiente a la función pública.
La selección del personal estará guiada por los principios de mérito, capacidad, igualdad, publicidad y concurrencia, con especial atención a la inclusión de personas con discapacidad. Además, se fomentará la conformación de equipos multidisciplinares para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Agencia. En el caso del
personal directivo, se valorará también su idoneidad para asumir responsabilidades estratégicas.
¿Cuál va a ser el presupuesto de la Aesap?
En cuanto a financiación, la
Agencia Estatal de Salud Pública dispondrá de varias fuentes de recursos económicos para garantizar su funcionamiento. Aunque su financiación principal provendrá de las transferencias recogidas en los
Presupuestos Generales del Estado (PGE), también podrá generar recursos propios mediante la prestación de servicios a entidades públicas, privadas o particulares, a través de contratos, convenios o disposiciones legales.
Además, la Agencia podrá obtener ingresos por la venta o explotación de su patrimonio,
recibir donaciones, herencias o patrocinios, así como cobrar tasas por actividades específicas, como el control de plaguicidas y biocidas en la industria alimentaria. También se contempla la recepción de
fondos europeos y otros recursos públicos o privados que se le asignen. Por otra parte, podrá utilizar bienes del patrimonio estatal para el cumplimiento de sus funciones, y su contratación estará regulada por la
Ley de Contratos del Sector Público.
La Agencia elaborará cada año su
anteproyecto de presupuesto y contará con un sistema de información económica y contabilidad de gestión que garanticen una administración eficiente y transparente. El control interno será ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, mientras que el control externo corresponderá al Tribunal de Cuentas. Además, la Agencia estará sometida a mecanismos continuos de supervisión y evaluación de eficacia.
¿Qué va a pasar con la dispensación de antibióticos a veterinarios?
El Congreso reincorporó a la Ley de la Agencia Estatal de Salud Pública una disposición relevante para el sector veterinario, que había sido eliminada en el Senado. En concreto, se trata de la medida que permite a los
facultativos veterinarios dispensar
tratamientos en dosis fraccionadas. El Partido Popular, que ostenta mayoría en la Cámara Alta, consideraba que esta modificación no debía incluirse en esta ley y, por ello, suprimió la propuesta durante el trámite en el Senado. Sin embargo, el Gobierno ha optado por recuperarla en el Pleno del Congreso, donde finalmente ha sido aprobada junto al resto del texto legislativo.
Con la ley ya en vigor, se abre ahora
un plazo de seis meses para que los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Sanidad, en coordinación con el sector veterinario, revisen la normativa vigente. El objetivo es
facilitar el acceso a medicamentos, especialmente antibióticos, en farmacias y centros dispensadores autorizados, adaptando las presentaciones tanto a las necesidades de los profesionales prescriptores como a las de los propietarios de los animales.
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