La titulación también será necesaria para decidir si hay que refrigerar cadáveres, según la guía de sanidad mortuoria

Sede del Ministerio de Sanidad, que recomienda ser médico para hacer tanatopraxias
Sede del Ministerio de Sanidad.


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El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas aprobaron el pasado 4 de julio, en el Consejo Interterritorial, la nueva guía de sanidad mortuoria elaborada por el departamento de Mónica García. El documento, que tiene carácter orientativo, no normativo, armoniza la regulación y los procedimientos post mortem en toda España mediante una serie de criterios comunes, buenas prácticas y recomendaciones. Entre otras cosas, se indica que el personal que lleve a cabo tanatopraxias o decida sobre la necesidad de someter un cadáver a refrigeración y congelación deberá ser graduado o licenciado en Medicina.

Es uno de los aspectos más destacados del apartado de la guía dedicado a la cualificación del personal que realiza prácticas higiénico-sanitarias en los cadáveres. En todo caso, se contemplan varias alternativas a contar con un título de Medicina para la tanatopraxia y la refrigeración de cadáveres. Para ello también se considera válido tener la cualificación profesional de Tanatopraxia ajustada al Real Decreto ad hoc de febrero 2011. Esa norma complementa desde entonces el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales con cuatro especialidades sanitarias: la asistencia a la atención clínica en centros veterinarios, la higiene bucodental y la salud ambiental y seguridad alimentaria, además de la Tanatopraxia.

La última alternativa para llevar a cabo estas prácticas es contar con el certificado de profesionalidad de Tanatopraxia, regulado en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad mediante otro Real Decreto, pero de octubre de 2011.

En cuanto a la conservación de los cadáveres, en la guía se indica que el profesional responsable “decidirá el método más adecuado en función del destino final y del estado físico del mismo”. Ese profesional habrá de emitir un acta en la que consten los profesionales actuantes, el método empleado y las sustancias o productos utilizados, “indicando que son las adecuadas para los fines propuestos”. En el Libro de Registros del tanatorio quedará recogida una copia del acta. Las empresas funerarias serán las que se responsabilicen de que su personal esté debidamente formado para todo ello.

Homogeneizar la sanidad mortuoria entre CCAA


La guía, según explicó Sanidad tras su aprobación, parte de un análisis de la situación actual de la sanidad mortuoria en España, “caracterizada por una alta heterogeneidad normativa entre comunidades autónomas”. Estas diferencias afectan, de acuerdo al ministerio, a aspectos clave como los requisitos de inhumación, los plazos y autorizaciones para los traslados, la gestión ante fallecimientos en contextos de emergencia sanitaria y la aplicación de medidas de bioseguridad.

Entre las medidas propuestas se hallan iniciativas para promocionar la formación específica y continuada del personal sanitario, funerario y administrativo en aspectos relacionados con la diversidad religiosa, cultural y étnica, así como en habilidades de comunicación y acompañamiento respetuoso a las familias. También se propone elaborar y actualizar protocolos adaptativos para situaciones de emergencia sanitaria, catástrofes o fallecimientos múltiples “que incorporen la variable cultural y religiosa como elemento relevante”.
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