Sede del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha refrendado el derecho de los médicos titulados después de 1995 que no tienen
MIR a
obtener el título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias por la vía extraordinaria. La Asociación Española de Médicos Generales (Asemeg) interpuso un recurso contra el Real Decreto que creó la especialidad en julio de 2024. El colectivo pedía la nulidad de varios apartados de la norma al entender que se excluía a los facultativos post-95 y a los médicos extranjeros no homologados en España del proceso para conseguir la especialidad de Urgencias por el procedimiento alternativo al MIR. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha desestimado ahora el recurso, pero no porque no esté de acuerdo con el fondo de la reclamación, sino porque, básicamente, ya se había pronunciado al respecto en otras sentencias previas. Uno de esos fallos es el que, en mayo, avaló el
acceso de los médicos post-95 al título de Medicina de Urgencias y Emergencias al estimar parcialmente un recurso del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid (Icomem).
El de Asemeg era la última de las
impugnaciones pendientes de resolución de todas las interpuestas contra el Real Decreto tras su aprobación en el Consejo de Ministros. En septiembre, el Supremo desestimó el recurso del sindicato gallego CIG, que había denunciado que el acceso extraordinario al MIR de Urgencias no permitía computar los servicios prestados en las áreas de Emergencias de centros sanitarios ajenos a los hospitales, pero el Alto Tribunal resolvió que la norma sí establece “una adecuada correspondencia entre los servicios que se valoran para acceder a la vía extraordinaria y los
servicios propios de la especialidad en Urgencias y Emergencias”.
Ya en octubre,
la Sala de lo Contencioso-Administrativo tumbó un recurso de Metges de Catalunya, que reclamaba que la consecución del título de especialista por el proceso extraordinario abarcara a los médicos que trabajan en los servicios de Urgencias de Atención Primaria y que, por tanto, no se limitara a los facultativos de hospitales y de transporte sanitario. Pero el Supremo sentenció que el Real Decreto no discrimina a los primeros porque
no modifica “el ámbito de actuación de los médicos que ya tenían competencias en Urgencias”.
Asemeg exige a Sanidad una implementación "justa" del MIR de Urgencias
Aunque el Alto Tribunal validó en mayo que los médicos post-95 sin MIR puedan solicitar el título de especialista en Urgencias -tras mantener la
expedición de títulos suspendida cautelarmente desde noviembre de 2024-, Sanidad prefirió no tomar al respecto medidas inmediatas como impulsar una segunda convocatoria del proceso extraordinario para otorgar la especialidad. Fuentes ministeriales trasladaron a este periódico en su momento que lo ideal era aguardar a que el horizonte judicial se despejara por completo:
“Debemos esperar por si añaden alguna otra consideración”.
Una vez resueltos todos los recursos pendientes, la propia Asemeg ha enviado una carta a la ministra de Sanidad, Mónica García, y al secretario de Estado, Javier Padilla, para solicitar que se abra una mesa de negociación y seguimiento sobre la
implementación “ágil, justa y eficaz” del MIR de Urgencias. También ha pedido “información detallada” sobre los mecanismos que se van a poner en marcha desde el departamento para dar cumplimiento “de forma ágil” a los dictámenes del Supremo.
Medidas para asegurar el MIR de Urgencias en 2026
Lo cierto es que la última decisión del Alto Tribunal no tiene por qué alterar, en principio, la hoja de ruta del Ministerio de Sanidad para
asegurar el debut del MIR de Urgencias en la convocatoria de
Formación Sanitaria Especializada (FSE) 2026. Por un lado, el ministerio ha llamado a la calma en varias ocasiones en lo que concierne a la
acreditación de plazas, que puede hacerse de forma provisional. Por otro, en el caso de que no se contara con tutores suficientes tras los meses de bloqueo judicial en los que la expedición de títulos estuvo suspendida cautelarmente, el marco legal vigente permite
‘pescar’ tutores en otras especialidades, tal y como publicó este periódico tras consultar fuentes ministeriales.
Lo que sí es conditio sine qua non para poner en marcha el
MIR de Urgencias es aprobar el programa formativo de la especialidad.
El proyecto de Orden ministerial para regularlo salió a audiencia pública a finales de octubre. El 4 de noviembre finalizó el plazo para presentar aportaciones.
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