Estima parcialmente el recurso del Icomem contra el RD de la especialidad que excluía a los facultativos post95

Sede del Tribunal Supremo, que obliga a Sanidad a incluir a los médicos post95 en el acceso extraordinario a Medicina de Urgencias
Sede del Tribunal Supremo.


SE LEE EN 4 minutos
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem) contra el Real Decreto de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias y, según ha anunciado la propia institución colegial en un comunicado, “ha invalidado el requisito que restringía el acceso extraordinario” a los médicos que obtuvieran su titulación antes de 1995. O lo que es lo mismo, obliga al Ministerio de Sanidad a permitir el acceso a esa vía extraordinaria a los titulados en Medicina a partir de ese año, incluidos quienes tengan el título extranjero homologado en España. “Según el fallo, la exclusión de estos colectivos representaba una discriminación injustificada y contraria al principio constitucional de igualdad”, resume el Icomem.

El Alto Tribunal ya había suspendido cautelarmente la expedición de títulos de especialista en Medicina de Urgencias en noviembre, precisamente a raíz del recurso presentado por el Icomem contra el Real Decreto, a la espera de la resolución definitiva. La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros en julio del año pasado, pero la Asociación Española de Médicos Generales (Asemeg) interpuso un primer recurso ante el Supremo para suspenderla cautelarmente porque, al igual que el Icomem, argüía que se excluía de las vías extraordinarias de acceso a la especialidad a los facultativos titulados después de 1995 -año desde el cual es obligatorio que los médicos tengan título de especialista para ejercer en España- que no habían hecho el MIR, es decir, los que poseen sólo la licenciatura o el grado en Medicina, pero que trabajan en servicios de Urgencias y de Emergencias públicos o privados.

Aunque el Alto Tribunal desestimó aquel recurso, sí estimó parcialmente el que presentó más tarde el Icomem. Tras ello, la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes) interpuso un recurso para anular esa suspensión cautelar, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo lo desestimó en marzo, tal y como avanzó Okdiario y confirmó Redacción Médica.

La reclamación el Icomem era "inclusiva"


“El Alto Tribunal considera que la reclamación del Icomem era inclusiva, sin perjuicio para otros colectivos como los médicos especialistas ya habilitados o en trámite de obtención del título. Además, valoró la urgencia de la situación y atendió con celeridad la solicitud elevada por el Colegio madrileño”, aplaude en su comunicado la institución, que recuerda que también había advertido sobre el “riesgo de colapso en los servicios de Urgencias, en un contexto de escasez de facultativos”, si se mantenía la exclusión, que suponía “una clara discriminación”.

“La sentencia tiene un alcance significativo, ya que afecta directamente a un colectivo estimado de más de 20.000 médicos en toda España, muchos de los cuales cuentan con una extensa experiencia en servicios de Urgencias y Emergencias, pero que habían quedado excluidos del reconocimiento oficial por criterios de titulación considerados arbitrarios”, prosigue la nota.

¿Llegará el MIR de Urgenias a 2026?


La cuestión, ahora, reside en saber cómo afectará el fallo del Supremo a la puesta en marcha de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, que ya tiene borrador de programa formativo. La intención del Ministerio de Sanidad es que ya puedan ofertarse plazas de la especialidad en 2026, aunque la paralización cautelar de la expedición de títulos ponía en peligro el objetivo.

Según trasladaron fuentes de peso del departamento a este periódico, el freno judicial permitía acreditar unidades docentes de forma provisional, pero la imposibilidad de conceder títulos a nuevos especialistas provocaba que no hubiera profesionales suficientes para ejercer de tutores en la materia. Con el nuevo panorama, ahora toca que en el ministerio analicen el alcance real de la sentencia para rediseñar su hoja de ruta.
REGÍSTRATE GRATIS
PARA SEGUIR LEYENDO
¿Ya eres premium? Inicia sesión
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.