El Tribunal Supremo (TS) ha trasladado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que pide que se establezcan las pautas de actuación ante la posibilidad de indemnizar a un interino, ya que la legislación española solo contempla este punto en caso de despido.
El TS ha planteado este punto, debido a que la legislación española actual no puede indemnizar a este colectivo “nada más que por despido, si este es improcedente” y, ante un caso de un interino de larga duración “el TJUE no lo aclara. La cuestión es si se debe de aplicar la legislación que posea el contrato fijo o no”, ha asegurado el abogado y profesor titular de la Universidad Rey Juan Carlos en Derecho, Santiago Carretero.
Este punto ahonda el tipo de "precariedad" en la que viven el personal interino sanitario, debido a la falta de una regulación clara que lo ampare, por ejemplo, en la legislación europea. Un hecho que conllevará la "obligación" de regular este punto en las condiciones laborales de los interinos. Una cuestión “que llegará tarde o temprano”, afirma Carretero.
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