Inscripción al MIR: ¿cómo se rellena?


Para poder presentarse al examen MIR, es necesario haber presentado previamente la solicitud de acceso a la prueba, que debe ser aprobada por el Ministerio de Sanidad. La inscripción se realiza mediante el modelo 790, que únicamente puede rellenarse online.


Paso a paso para rellenar el modelo 790


Accede a la sede y abre el modelo 790. Cada solicitud genera un número de referencia único (no vale fotocopiar ni reutilizar).
  • Datos personales y contacto. El correo electrónico que declares será el canal para avisos y notificaciones: revisa bien la dirección y actualízala si cambia (eres responsable de su exactitud).
  • Provincia/sede de examen. Salvo casos justificados, no se puede cambiar la localidad elegida tras cerrar el plazo de solicitudes. Por razones de logística, Sanidad podrá reasignar a localidades cercanas.
  • Consentimientos (recomendado). Puedes autorizar a Sanidad a verificar automáticamente: situación de desempleo, discapacidad (no disponible para País Vasco ni Ceuta/Melilla), familia numerosa (no disponible para Ceuta/Melilla), apoderamientos en el Registro electrónico. Si no autorizas (o estás en ámbitos excluidos), deberás aportar la documentación acreditativa en la propia solicitud y plazos de la orden.
  • Turno de discapacidad. Si marcas esta opción, no podrás cambiar de turno posteriormente (salvo subsanación por error durante el trámite de alegaciones a la lista provisional de admitidos).

Registro de la solicitud

  • Registro electrónico (obligatorio para quien tenga DNI/NIE): identificación con certificado electrónico o Cl@ve Permanente y firma con AutoFirm@ o Cl@veFirma. El registro electrónico implica el pago telemático de la tasa.
  • Registro presencial (excepcional): solo para quien no tenga DNI/NIE. Descarga el 790 (tres copias), fírmalas y preséntalas en consulados/embajadas, oficinas de asistencia o Correos (SIR). Antes, debes pagar la tasa (ver abajo).

Tasa de examen y formas de pago

  • Importe: 31,10 €.
  • Pago electrónico (con NRC) o en entidad colaboradora (validación mecánica).
  • Desde el extranjero: transferencia individual a BBVA — SWIFT BBVAESMM / IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822— indicando nombre completo y concepto “tasa prueba selectiva”, y aportando el resguardo.
La falta de pago (o pago inferior al importe) dentro de plazo supone no admisión. El pago no sustituye al registro del 790. En general, no procede devolución si el no admitido lo es por causa imputable al interesado.

Están exentos quienes acrediten los supuestos previstos en el apartado de exenciones (víctimas de terrorismo, familia numerosa, discapacidad ≥33 %, demandantes de empleo sin rentas > SMI); si no autorizas verificación, adjunta la documentación correspondiente.


Documentación que se adjunta en la solicitud

  • Titulación universitaria (o supletoria provisional/ homologación/equivalencia).
  • Méritos académicos (certificación académica firmada electrónicamente; si no la aportas, baremo = 5,00). Para estudios extranjeros: declaración de equivalencia de nota media + certificado académico.
  • Nacionalidad/estancia (según tu caso: pasaporte, TIE, tarjeta de familiar UE, etc.).
  • Idioma español (C1 o superior) para no hispanohablantes (DELE, EOI, SICELE o SIELE) salvo exentos.
  • Adaptaciones de tiempo/medios, si procede (solicitud motivada + certificado médico según Orden PRE/1822/2006).

¿Cómo corrijo un dato si me equivoco?


Si estás dentro del plazo de presentación:
  • Solicitud electrónica: anúlala y registra una nueva (la última registrada es la válida).
  • Solicitud presencial: registra una nueva; no debes volver a pagar si ya abonaste y lo acreditas.

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