Decíamos en nuestra anterior columna que en un país con una sanidad tan descentralizada como el nuestro, el Ministerio de Sanidad no se ha quedado con mecanismos suficientes como para ejercer de una forma adecuada la labor coordinadora que le asigna la Ley General de Sanidad 14/86 y disposiciones que la desarrollan. Hace 30 años, las fuerzas centrífugas se impusieron claramente a las tendentes a mantener una integración, que por entonces fueron contempladas como un vestigio del pasado. A ello se añadió la filosofía imperante del “café para todos”, que hizo que lo conseguido por las llamadas “comunidades históricas” o de la vía rápida se extendiera de una manera uniforme a las 17.

Con el fin de las transferencias sanitarias en 2002 se hicieron patentes una serie de problemas de falta de coordinación a las que hacíamos referencia en la columna previa y en cuya corrección, al menos en teoría, se deberían haber centrado los esfuerzos tanto de la administración central como de las periféricas con independencia de su color político. Obviamente no ha sido así. Mas que avanzar en la línea de solución del problema la tendencia es hacia una manifiesta cronificación.

Y no solo es que no se progrese en este tema, sino que ha habido clamorosos pasos atrás dados en su día y luego no resueltos como el paso de Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) y con él sus numerosas estructuras vitales para la coordinación del sistema, al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Bien es cierto que el ISCIII mantiene una extraña dependencia funcional de Sanidad que nadie entiende muy bien y que en la administración no funciona (tu jefe y quien toma las decisiones es quien te nombra y quien te paga, y punto).

Esta medida tomada en 2011, en el seno de una crisis económica sin precedentes en la España moderna y con el teórico objetivo de reunir todos los esfuerzos de I+D+I en un solo ministerio llevó a la curiosa situación de que organismos como la Escuela Nacional de Sanidad o los laboratorios de referencia de microbiología pasaran a depender del señor De Guindos y que en crisis sanitarias como la del Ébola realmente fuera él el máximo responsable, aunque no saliera a contárnoslo.

Todavía no he oído a nadie que me explique de manera convincente alguna ventaja derivada de este movimiento y, sin embargo, son muchos los inconvenientes y bastantes más los nubarrones que en privado aventuran los conocedores del tema sobre el eventual futuro de los ya escasos fondos de investigación biomédica ya notoriamente menguados durante la crisis. El Ministerio de Sanidad quedó seriamente debilitado tanto de cara a otros departamentos como en su capacidad de coordinar y liderar el sistema sin que en los últimos años se hayan apreciado movimientos para solucionar el entuerto. La imagen del tiro en el pie por parte de la administración central es perfectamente aplicable a esta extraña decisión.

Se podrían poner mil ejemplos de descoordinación en el día a día que están en la mente de todos los que conocen un poco nuestro sistema sanitario, desde los calendarios de vacunas a las políticas de recursos humanos pasando por la incompatibilidad de los sistemas informáticos o las frecuentes dificultades de atención de los enfermos que pasan de unas comunidades a otras sin pensar que atraviesan fronteras administrativas invisibles pero pertinaces que les van a complicar la vida.

El entramado legal que nos hemos dado no solo no ayuda sino que cada vez lo va complicando más y más. Un ejemplo pequeño pero significativo: a primeros de mes se hacía pública una nueva sentencia del Tribunal Constitucional que desestimaba un recurso interpuesto en su día por la Generalitat de Catalunya contra el “RD-Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS”.

Con una sola excepción que sólo los muy iniciados pudieron apreciar: declara inconstitucional la disposición final sexta que establecía que, cuando hubiera que autorizar campañas de promoción de la donación o publicidad de instituciones relacionadas con el tema en más de una comunidad, sería la ONT la encargada de recibir la solicitud y emitir el dictamen, por descontado que con el acuerdo y aprobación de todas las CCAA implicadas, que habitualmente eran las 17.

Con ello anula una forma de trabajar de una lógica aplastante que había venido funcionando sin problema alguno desde hace años y cambia la existencia de una ventanilla única con un único proceso administrativo por 17 ventanillas y 17 procesos. El comentario del magistrado redactor de la sentencia es antológico: “No corresponde a este Tribunal determinar cuál sea la fórmula adecuada en este caso…”. El problema está creado donde no lo había y ya vendrán otros que lo arreglen. Sin duda, vamos prosperando.

Corren tiempos de cambio en los que la idea de que hay que modificar la Constitución de 1978, providencial en su día pero que parece dar signos de agotamiento en diversos campos, se va extendiendo por la sociedad española. Esperemos que si llega ese momento haya alguien con la suficiente autoridad y amplitud de miras como para encarrilar de manera más adecuada la articulación de nuestra sanidad. Seguro que millones de enfermos se lo agradecerían.

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