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11 mar. 2015 17:23H
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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso interpuesto por una paciente en solicitud de 82.440 euros por la lesión del nervio recurrente que le causó la parálisis de la cuerda vocal izquierda tras la realización de una hemitiroidectomía.

La demandante a comienzos de 2004 fue diagnosticada de nódulo tiroideo izquierdo en el Servicio de Endocrinología de un centro hospitalario y derivada al Servicio de Cirugía para valorar intervención quirúrgica. En fecha 11 de marzo de 2004, se le realizó una hemitiroidectomía izquierda, tras comprobar la existencia de múltiples nódulos, siendo dada de alta dos días más tarde.

La reclamante, al presentar posteriormente disfonía, fue derivada al Servicio de Otorrinolaringología, que después de diversas pruebas, le diagnosticó una parálisis de la cuerda vocal izquierda, y se le ofreció la posibilidad de una nueva intervención quirúrgica (tiroplastia), pero la paciente decidió esperar un año. Durante tres meses la reclamante realizó tratamiento rehabilitador, si bien no presentaba mejoría, por lo que le fue indicada la tiroplastia inicialmente planteada.

En la demanda presentada se alega fundamentalmente que existe relación de causalidad entre la intervención y la parálisis de la cuerda, que el resultado fue anormal y desproporcionado a la entidad de la intervención, y que el consentimiento informado era un formulario genérico, vago e impreciso, en el que no se recogía la posibilidad de sufrir una lesión como la sufrida.

De la prueba practicada en el procedimiento, especialmente de los Informes Periciales y del Informe de Inspección, la paciente venía diagnosticada de laringitis crónica con disfonía de larga evolución y bronquitis asmática con anterioridad a la intervención, lo que no descarta que las secuelas no puedan ser achacadas por completo a la intervención.

En cuanto al consentimiento informado, consta en el expediente administrativo el mismo firmado por la recurrente; en él se recogen los riesgos de la intervención, así entre ellos, aparecen: infección, sangrado ó alteraciones en la cicatrización de la herida quirúrgica, calambres, hormigueos transitorios en las manos que ceden con tratamiento, alteraciones transitorias de la deglución, alteraciones transitorias de la voz, dolor prolongado en la zona de la operación. Y aparecen también, como riesgos graves y poco frecuentes: los de hematomas importantes del cuello, alteraciones permanentes de la voz, alteraciones permanentes de las paratiroides, recidiva de la enfermedad.

Incluso el propio documento de consentimiento informado se recoge un riesgo mínimo de mortalidad, por lo que la información dispensada a la paciente fue correcta, concluyendo por tanto la desestimación de la demanda.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 1ª, nº 124 / 2015, de fecha 20 de febrero de 2015.

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