El abogado Ricardo De Lorenzo.
El artículo 6 de
la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo establece que todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para
que la duración media del trabajo no exceda de 48 horas, incluidas las horas extraordinarias, por cada periodo de siete días. En esa norma, se incluye al ámbito sanitario, aunque éste es una de las grandes excepciones. En España, muchos médicos superan ese tiempo trabajado a la semana, y eso que nuestro país sí que ha incorporado la Directiva a su ordenamiento jurídico. Aun así, "el problema no es la transposición normativa, sino la forma en que se ha aplicado en la práctica
la organización del trabajo médico".
Ahora, 23 años después de la puesta en marcha del texto europeo,
el anteproyecto de Estatuto Marco, pendiente de pasar por
Consejo de Ministros, abre la puerta a la posibilidad de
que España, por fin, 'respete a Europa'. Eso sí, "siempre que el debate se aborde con una perspectiva estructural y no únicamente organizativa, teniendo en cuenta además la especificidad del ejercicio profesional médico dentro del sistema sanitario", según asegura a
Redacción Médica el abogado
Ricardo De Lorenzo.
Desde su punto de vista, "el límite de jornada que establezca la norma, 45 horas según el anteproyecto, es relevante, pero
no es el elemento decisivo". "Lo verdaderamente importante es
cómo se computa el tiempo de trabajo real y cómo se integran las guardias dentro del sistema de jornada y descansos. También conviene tener en cuenta que las guardias han sido tradicionalmente tratadas como un elemento complementario de la retribución. Por ello, no siempre tienen el mismo reflejo estructural en la carrera profesional ni en la protección social futura del médico, lo que añade otra dimensión al debate sobre su naturaleza jurídica", explica.
Organización de descansos en las guardias médicas
Y es que el derecho europeo "ha reforzado la idea de que el tiempo de trabajo no puede interpretarse de manera meramente formal", y las guardias presenciales "constituyen tiempo de trabajo efectivo, y los descansos deben ser reales, porque están vinculados no solo a la salud del profesional, sino también a la seguridad del paciente"
En ese sentido, el nuevo Estatuto Marco sí "
podría representar un avance, aunque previsiblemente de carácter provisional, mientras no se aborden las reformas estructurales que el propio desarrollo del derecho europeo y la evolución de la profesión médica están poniendo sobre la mesa entre las que resulta prioritario reconocer mejor la especificidad del ejercicio profesional médico dentro del sistema sanitario".
Otro factor a tener en cuenta es el papel de las Administraciones autonómicas a la hora de que el texto creado por el Ministerio de Sanidad se cumpla. "Incluso cuando la ley fija un límite de jornada, existen diversos
mecanismos organizativos que pueden influir en el tiempo de trabajo efectivo", aclara De Lorenzo.
Mecanismos autonómicos para "cumplir" con Europa
El primero, afirma, es el
cómputo de la jornada en periodos de referencia amplios, que permite compensar semanas con mayor carga asistencial con otras de menor intensidad". "Este sistema de promedios está previsto por la normativa europea y es habitual en sectores que requieren continuidad del servicio", apunta, como, por ejemplo, el sistema sanitario.
El segundo elemento en manos de las Gobiernos regionales es "la regulación de las guardias médicas como jornada complementaria, que históricamente ha sido el principal mecanismo para garantizar la continuidad asistencial".
"Conviene recordar que esta configuración no ha sido siempre así, pues en una primera etapa jurisprudencial se reconocieron las guardias como
horas extraordinarias al exceder la jornada ordinaria, hasta que posteriormente los tribunales modificaron su doctrina y el legislador terminó integrándolas como jornada complementaria en el régimen estatutario", detalla el abogado.
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"La naturaleza jurídica de las guardias no es inmutable"
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A esto hay que sumar la organización de turnos y la distribución de la jornada en función de las necesidades asistenciales de cada servicio. Por ello,
"la naturaleza jurídica de las guardias no es inmutable".
Todo esto ocurre porque el derecho europeo prevé
mecanismos de flexibilidad -los citados anteriormente- destinados a sectores como el sanitario, que requieren continuidad del servicio. Eso sí, si se produjera un incumplimiento del derecho europeo, existen diversos mecanismos de control.
"Los profesionales pueden acudir a los tribunales nacionales invocando la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, la Comisión Europea puede iniciar
un procedimiento de infracción contra el Estado miembro si aprecia incumplimientos sistemáticos. En determinadas circunstancias, incluso podría plantearse la responsabilidad patrimonial del Estado por infracción del derecho de la Unión", puntualiza De Lorenzo.
Un sistema español basado en "guardias prolongadas"
Así, el sistema sanitario español hace frente a una posible nueva era si el Estatuto Marco, finalmente, sigue adelante. Un sistema que se ha apoyado históricamente en "un modelo de continuidad asistencial basado en
guardias prolongadas". Modelo que "se configuró jurídicamente hace décadas y ya entonces surgieron controversias sobre su naturaleza jurídica".
Incluso en los años setenta "se planteó ante los tribunales el debate sobre si las guardias, al exceder la jornada ordinaria, debían considerarse horas extraordinarias, tesis que fue inicialmente reconocida por el desaparecido Tribunal Central de Trabajo, aunque posteriormente la jurisprudencia evolucionó
hacia la figura de la jornada complementaria, que es la que finalmente se ha consolidado en el Estatuto Marco".
El debate sigue y
las guardias médicas seguirán siendo obligatorias, tal y como ha confirmado la ministra de Sanidad,
Mónica García, en numerosas ocasiones. Uno de los principales objetivos del anteproyecto que el Gobierno pretende aprobar en el Congreso de los Diputados, sin duda, será hacer frente a la tensión estructural entre el modelo organizativo tradicional del sistema sanitario y
los estándares europeos de tiempo de trabajo. Habrá que esperar para comprobar si lo cumplirá o no.
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