Este decreto tiene por objeto fomentar una alimentación saludable y sostenible, e impulsar la incorporación de alimentos de proximidad, de temporada y de producción ecológica, en el ámbito de la restauración colectiva pública de la Administración de la Generalitat.
De ahora en adelante, las máquinas expendedoras de los centros hospitalarias solo podrán contener: agua envasada, leche desnatada o semidesnatada, yogures y otras leches fermentadas bajos en grasa y sin azúcar añadido, panes integrales, fruta fresca, frutos secos no fritos y bajos en sal, refrescos sin azúcar añadido, zumos de fruta, platos a base de vegetales frescos y sopas vegetales frías.
Política de compras
Además, las máquinas deberán incluir obligatoriamente productos apropiados para personas con intolerancia al gluten y las máquinas expendedoras de bebidas calientes deberán ofrecer la opción de regular el contenido de azúcar.
El Decreto aprobado por Ana Barceló también establece que en la compra pública de alimentos y bebidas,por parte de los hospitales, se deberá fomentar la compra de frutas, verduras y hortalizas frescas,
alimentos de proximidad y de producción ecológica, la compra de alimentos saludables y sostenibles. Las empresas de vending que estén ofreciendo sus servicios en este momento en hospitales disponen de seis meses para adaptarse a la normativa.
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