Antonio Sanz, consejero en funciones de Sanidad, Presidencia y Emergencias y Juanma Moreno, presidente en funciones de la Junta. (Imagen de Europa Press)
La Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias ha publicado un decreto por el que regula la
organización y el funcionamiento del Consejo de Atención Temprana y de la Comisión Técnica de Atención Temprana, "órganos colegiados e instrumentos de coordinación y participación" en la región. Con su publicación en el boletín oficial se establece también que "sin perjuicio de su independencia funcional", ambos se
adscriben orgánicamente al órgano directivo central competente "
en materia de Atención Temprana" de la Consejería de Sanidad, que será la que ponga a su disposición los
medios personales, materiales y tecnológicos que sean necesarios.
Consejo de Atención Temprana
Es un
órgano colegiado de asesoramiento y apoyo de la Administración en materia de Atención Temprana que tiene como funciones el proponer la adopción de medidas específicas para la
coordinación y cooperación entre el sistema sanitario, educativo y social implicados en este ámbito; informar y asesorar cuando le sea solicitado con relación a la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas en Atención Temprana; promover la implementación de las medidas y actuaciones previstas en los instrumentos de planificación vigentes en esta materia; cooperar en la planificación y evaluación de actuaciones de contenido formativo que se promuevan desde la consejería; informar y asesorar en las líneas de investigación e innovación con las universidades públicas andaluzas y otras instituciones; establecer grupos de trabajo para el desarrollo de procedimientos, protocolos o instrumentos técnicos; y cualquier función relacionada con el ámbito de la atención temprana.
En cuanto a su composición,
la presidencia será ejercida por la viceconsejería de Sanidad, con un voto de calidad. En tanto, la vicepresidencia la tendrá la persona titular del órgano directivo central competente en atención temprana. Tendrá también
tres vocalías designadas por la persona titular de la presidencia, a propuesta de la viceconsejería de cada una de las consejerías competentes en materia de salud, educación y servicios sociales;
dos vocalías designadas por la vicepresidencia de entre profesionales de reconocido prestigio en este ámbito.
Otras tres también designadas por la vicepresidencia de entre las
organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Y, además, otras siete vocalías de distintas representaciones.
Comisión Técnica de Atención Temprana
Es un
órgano colegiado de carácter técnico y de apoyo al Consejo, que tiene como principales funciones analizar los recursos asistenciales y el desarrollo de las actuaciones de intervención, de oficio o a instancia de la consejería; proponer y elaborar
propuestas de protocolos de coordinación y derivación, planes de servicio y guías de asesoramiento para elevar al Consejo; elaborar informes, estudios o propuestas; elevar al Consejo propuestas para realizar investigaciones o estudios que permitan conocer la prevalencia de trastornos del desarrollo y su distribución; proponer líneas de formación al Consejo y velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo.
Estará compuesta por la presidencia que será ejercida por la
persona titular del órgano directivo central competente en materia de Atención Temprana de la consejería; la vicepresidencia será ejercida por la persona titular del servicio competente en materia de Atención Temprana de la misma consejería.
Las vocalías serán 10 y se designarán conforme a
criterios de mayor experiencia profesional, formación específica en Atención Temprana y atención directa prestada en los propios centros. Además, la comisión
se reunirá previa convocatoria de la presidencia, con carácter ordinario, al menos dos veces al año y podrá celebrar sesiones con carácter extraordinario a iniciativa propia o de la mitad de sus miembros.
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