La posibilidad de acceso por vía extraordinaria a la especialidad facultativa está abierta hasta el 15 de septiembre

Sanidad deja en 'stand by' la vía extra de Urgencias para médicos sin MIR
La directora general de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Celia Gómez.


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La posibilidad de acceder a la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias sin pasar por el MIR se acerca a su fin. El Ministerio de Sanidad recibirá las solicitudes de los interesados hasta el 15 de septiembre de 2025 a las 23:59. Al día siguiente comenzará la valoración de las mismas por parte de la Comisión Nacional de la Especialidad, que determinará quien obtiene esta disciplina facultativa por vía extraordinaria. Eso sí, se arrancará con aquellos que cuenten con algún título de especialista, por lo que se dejará para más adelante la relacionada con los médicos que no cuentan con una rama sanitaria reconocida, debido a motivos judiciales.

Este orden queda establecido después del fallo del Tribunal Supremo a favor del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem) contra el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias. Un texto legal en el que se exigía la tenencia de una especialidad para poder acceder a la vía extraordinaria, por lo que se excluía a los profesionales graduados antes de 1995, cuando no se exigía contar con una disciplina sanitaria para ejercer en el Sistema Nacional de Salud (SNS).




Un requisito que el Icomem consideraba injusto al "discriminar de manera injustificada" a parte del colectivo médico. Opinión compartida con la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que "invalidaba" la necesidad de especialidad para acceder a la vía extraordinaria de Medicina de Urgencias y Emergencias. Razón por la que la Dirección General de Ordenación Profesional aceptó estudiar una forma de aplicar una estimación parcial y en consonancia con el mencionado real decreto.


"El objetivo es establecer los mecanismos administrativos y pautas a seguir por parte de los solicitantes afectados"



De momento, el departamento gubernamental anima a los médicos con titulación antes de 1995 a enviar solicitud, pero también informa que "no se valorarán sus expedientes" hasta conocer el fallo de recursos similares al del Icomem interpuestos por la Asociación Española de Médicos Generales (Asemeg), el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña (CCMC) y el sindicato CIG-Saúde. "El objetivo es establecer los mecanismos administrativos y pautas a seguir por parte de los solicitantes afectados", reza la información emitida por Sanidad.


Documentación necesaria para acceder a Urgencias sin el MIR


Para participar en el proceso, los facultativos interesados deberán de adjuntar en la sede digital del Ministerio de Sanidad los certificados de ejercicio profesional expedidos por las Comunidades Autónomas, los que cuáles deben estar firmados por la persona designada para ello. Un documento que se puede solicitar por correo electrónico desde el servicio de acceso extraordinario de la Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional. Es más, el interesado deberá demandarlo por cada región en la que haya ejercido.

El 16 de septiembre comenzará la valoración por parte de la Comisión Nacional de la Especialidad. Una vez revisadas las solicitudes, en caso de requerirse alguna aportación de información adicional, la institución se lo notificará al médico candidato a la especialidad.

En la parte final del procedimiento, la institución representativa de Medicina de Urgencias y Emergencias señalará en un informe si se concede la disciplina al facultativo o si se requiere la relación de una prueba práctica. También puede emitir una respuesta negativa, por lo que esta no se otorgaría al interesado.


¿Cuántas horas se piden para conseguir Urgencias sin examinarse?


El cálculo de horas realizado por Sanidad revela que el médico deberá acreditar 6.160 de actividad profesional en servicios de Urgencias. Dicha prestación tendrá que haberse llevado a cabo dentro de los últimos siete años si el contrato es a jornada completa o en los últimos diez si se trata de una jornada parcial o contrato de guardias.

Asimismo, el departamento gubernamental únicamente tendrá en cuenta el tiempo trabajado hasta el 3 de julio de 2024. Por otro lado, no se reconocerán las horas prestadas en otros países o las previas al reconocimiento de un título extracomunitario. A su vez, los másteres en Medicina de Urgencias y Emergencias no se valorarán para la recepción de la mencionada especialidad.
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