El BOE ha publicado la resolución del Convenio colectivo estatal de distribución farmacéutica.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este 6 de agosto
la resolución por la que se registra y hace oficial el
Convenio colectivo estatal para el comercio de distribuidores de especialidades y productos farmacéuticos, firmado entre la Federación de Distribuidores Farmacéuticos (Fedifar) y las organizaciones sindicales UGT-Servicios Públicos, CCOO de Industria y FS-USO.
El acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y contempla
importantes mejoras económicas y laborales para las más de 15.000 personas empleadas en el sector.
Incrementos salariales y pluses
En el ámbito económico,
el convenio establece subidas salariales del 3,4 por ciento en 2024 y 2025, y del 3 por ciento en 2026, con una cláusula de revisión ligada al IPC que podría añadir hasta un 1 % adicional en 2027. Además, se aplicará un incremento extra del 1,2 por ciento sobre las tablas revisadas en ese año.
Los
salarios anuales quedarán fijados, para 2025, entre 19.518,16 euros para el Grupo IV y 28.161,62 euros para el Grupo 0. El Salario Mínimo Garantizado se sitúa en 20.314,39 euros para ese mismo año, con un complemento específico para quienes no alcancen esta cifra.
Entre los pluses destacados figuran el de
coordinación (3 por ciento del salario base para trabajadores del Grupo IV que dirijan a otros compañeros); el plus de
nocturnidad (15 por ciento del salario base por horas entre las 22:00 y las 06:00) y el plus de
jornada partida de 2,5 euros por día trabajado en esta modalidad, a partir de enero de 2026.
Jornada laboral, conciliación y teletrabajo
La
jornada máxima anual será de 1.760 horas, fomentando la jornada intensiva para mejorar la conciliación. Se establecen mejoras en permisos retribuidos, incluyendo 5 días por hospitalización o enfermedad grave de familiares hasta segundo grado y una bolsa anual de 20 horas (25 en familias monoparentales) para consultas médicas propias o acompañamiento a familiares. También se aprueban hasta 4 días retribuidos al año por fuerza mayor familiar urgente.
En materia de
teletrabajo, se mantiene su carácter voluntario, con compensaciones económicas y dotación de medios según acuerdos individuales o colectivos. El convenio incorpora el derecho a la desconexión digital con políticas internas que respeten descansos y vida personal.
Contratación, antigüedad y jubilación
El convenio adapta la contratación a la legislación vigente, ampliando la
duración de contratos temporales hasta 12 meses y fomentando su conversión a indefinidos. En materia de jubilación, se contempla la extinción del contrato a la edad legal, siempre que la empresa contrate a una nueva persona trabajadora indefinida a tiempo completo para sustituirla.
Se mantienen los aumentos por antigüedad de un 5 por ciento del salario de convenio por cada cuatrienio y un premio único de 800 euros a los 25 años de permanencia, y 1.500 euros a los 45 años. Por último, el personal sanitario disfrutará de
22 días hábiles (30 naturales) de vacaciones, con un día adicional si se toman fuera de temporada alta (enero-abril y noviembre-diciembre).
En
licencias retribuidas, además de las mejoras en días y causas, el texto recoge el derecho a ausentarse por imposibilidad de acceder al trabajo por restricciones de movilidad, así como permisos específicos por matrimonio, registro de pareja de hecho o matrimonio de familiares cercanos.
Un convenio de referencia para la distribución farmacéutica
El sector de la distribución farmacéutica, clave para el abastecimiento de medicamentos a las farmacias de todo el país, cuenta así con un marco regulador que combina mejoras salariales, fortalecimiento de derechos laborales y medidas de conciliación. El acuerdo,
fruto de meses de negociación, busca dar estabilidad a un ámbito esencial del sistema sanitario y adaptarlo a los nuevos retos logísticos y tecnológicos.
Con su publicación en el BOE, el convenio entra en vigor de forma inmediata, aunque
sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2024.
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