La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (Tsjrm) ha desestimado el recurso presentado por una funcionaria pública a Muface que había pedido recuperar los 331 euros que pagó por la asistencia prestada a un hijo en un hospital de Cieza porque no existía un riesgo vital para el paciente y pudo acudir a un centro de la citada mutua.
La sentencia respalda así la resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de septiembre de 2016, que rechazó su solicitud.
En su reclamación, la ahora apelante que su hijo -que tiene 29 años- se encontró indispuesto cuando se encontraba solo en caso, con vómitos y diarrea, por lo que al temer que se tratara de un caso grave y urgente acudió al centro médico más cercano, que era el hospital Lorenzo Guirao de Cieza. La peticionaria añadió que aunque finalmente la situación no era tan grave como se temía, debían valorarse las circunstancias previas, y no las posteriores, una vez realizadas las oportunas pruebas médica.
También expuso que Asisa no dispone de ningún centro hospitalaria con urgencias en la citada población murciana, por lo que resultaba ilógico que se hubiera tenido que desplazar a Molina de Segura o a Murcia.
La Sala, al desestimar el recurso, indica que aunque resulte legítima la decisión unilateral de acudir al citado hospital, se ha demostrado que la situación por la que atravesaba el paciente no suponía un riesgo para su vida.
Y añade que pudo ponerse en contacto telefónico con el Centro Coordinador de Urgencias de su entidad sanitaria con el fin de solicitar su asistencia urgente y, en su caso, reclamar la asistencia de una ambulancia en el supuesto de que no se encontrara en condiciones de desplazarse a los centros médicos a los que fuera remitido.
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