Una vez se publican los
resultados definitivos del examen, comienza
uno de los momentos más importantes de cada convocatoria MIR: la
elección y adjudicación de plazas, que determina en qué
especialidad médica y dónde se formarán los nuevos residentes.
¿Cuándo se abre el plazo de elección de plazas MIR?
En el mes siguiente a la aprobación de las relaciones definitivas de resultados, la Dirección General de Ordenación Profesional dicta una resolución en la que convoca a
los aspirantes que hayan superado la puntuación mínima exigida. En esta resolución, que se publica en la web del
Ministerio de Sanidad, se fijan el plazo concreto para la adjudicación de plazas y las instrucciones específicas de cómo llevar a cabo el proceso.
Además, antes de esta convocatoria oficial, las comisiones de Docencia deben publicar de manera electrónica las
guías e itinerarios formativos de las unidades docentes, así como los cronogramas de rotación y la capacidad de cada centro. Esta información permite a los candidatos preparar su decisión con antelación.
¿Cómo se elige la plaza?
La elección puede realizarse de dos maneras:
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Electrónicamente, a través de la sede del Ministerio de Sanidad, utilizando certificado electrónico o Cl@ve Permanente (firmando con AutoFirm@ o Cl@veFirma). En algunos casos excepcionales se habilita una pre-clave de acceso entregada el día del examen.
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De forma presencial, compareciendo en la sede central del Ministerio de Sanidad. También se puede otorgar poder notarial o autorización expresa para que un representante realice la elección en nombre del aspirante.
El orden de adjudicación depende exclusivamente de la
puntuación total individual obtenida en el examen y en el baremo académico.
El candidato/a con mejor puntuación será el primero en elegir.
¿Qué ocurre si no se elige en plazo?
Los aspirantes que no presenten su solicitud dentro del plazo fijado
se entenderá que renuncian a su prioridad. Si más adelante acuden presencialmente a Sanidad y todavía quedan plazas vacantes, podrán elegir entre las disponibles, pero ya sin conservar el puesto que les correspondía por número de orden.
Una vez adjudicada la plaza en el proceso ordinario, no se admitirá presentar una nueva petición.
Turno de discapacidad y llamamiento extraordinario
Las personas que participan por el
turno de discapacidad realizan la elección junto con el resto de aspirantes. Sin embargo, si al final del proceso todavía quedaran plazas reservadas para este cupo sin adjudicar, Sanidad puede habilitar una sesión específica para asignarlas.
Finalizado el llamamiento ordinario, si aún quedan plazas libres, se abrirá un
llamamiento extraordinario, en el que podrán participar quienes no obtuvieron plaza inicialmente. En este caso, la adjudicación se hará exclusivamente por vía electrónica.
Resolución definitiva
Concluidos todos los llamamientos, Sanidad aprueba y publica la
relación definitiva de adjudicatarios de plaza. Estas listas se comunican también a las Comisiones de Docencia y a las consejerías de Sanidad autonómicas. Contra esta resolución cabe recurso de alzada en el plazo de un mes.
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