Redacción. Pamplona
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado una reclamación de un millón de euros contra el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. El TSJN confirma una resolución en el mismo sentido dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona en abril de 2014.
La demanda tenía su origen en el nacimiento de un niño con determinadas malformaciones que, en opinión de sus padres, pudieron y debieron ser detectadas por los servicios médicos durante el embarazo. Reclamaron los daños y perjuicios derivados de la pérdida de la oportunidad de interrupción legal de la gestación.
En primera instancia, el juez desestimó la reclamación al entender que “las secuelas que padece el hijo de los recurrentes no traen causa de una deficiente praxis en el seguimiento del embarazo”, por lo que no hubo ninguna intervención de Osasunbidea “que pueda reputarse negligente, imprecavida o inobservante”.
Para el TSJN, el magistrado no incurrió en la sentencia apelada en una arbitraria o irrazonable valoración de la prueba en la que basó su decisión. Contra esta sentencia no cabe recurso.
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