El objetivo de esta iniciativa es realizar investigaciones en este campo, así como evaluar y planificar en sanidad

El Departamento de Salud del País Vasco crea el Sistema de Información sobre Adicciones autonómico
El consejero de Salud del Gobierno del País Vasco, Alberto Martínez.


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El Departamento de Salud del País Vasco crea el Sistema de Información sobre Adicciones autonómico. Diez meses después de someter a información pública el proyecto de decreto, la consejería comandada por Alberto Martínez ha dado el visto bueno a esta iniciativa vía decreto, tal y como consta en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Así, este decreto tiene por objeto la creación del Sistema de Información sobre Adicciones de Euskadi y la regulación de su funcionamiento. Este Sistema posee naturaleza administrativa, por lo cual su coordinación, gestión y administración dependerá de los órganos administrativos del departamento competente en materia de salud en cuyo ámbito competencial recaiga la gestión de los sistemas de información para la planificación y evaluación sanitarias.

La finalidad prioritaria del Sistema de Información sobre Adicciones de Euskadi es proporcionar información epidemiológica relativa a la dependencia de sustancias psicoactivas o a las adicciones comportamentales que sirva de base, desde una perspectiva de género, para realizar estudios o investigaciones en este ámbito, así como para la evaluación, planificación y gestión sanitarias.

Actividades a desarrollar


Por todo ello, este Sistema desarrollará varias actividades, como el mantenimiento de una información fiable, completa y actualizada sobre las personas que inician tratamiento por adicciones (con o sin sustancia), fallecen por reacción adversa a drogas o sustancias psicoactivas, o ingresan en urgencias en relación con dicho consumo.

El Sistema de Información sobre Adicciones de Euskadi también tendrá la tarea de generar la información necesaria para orientar la elaboración y evaluación de actividades de prevención, planificación sanitaria y asistencia de las adicciones; contribuir al desarrollo de todas las líneas de investigación prioritarias sobre las adicciones; colaborar con otros sistemas de información y registros de similar finalidad; y cualquier otra actividad que contribuya a mejorar el conocimiento científico-técnico sobre las adicciones.

Las fuentes de información de este Sistema se nutrirán de las historias clínicas o base de datos clínico-administrativas de los centros de salud mental, independientemente de su titularidad, asociaciones, consultorios y cualesquiera otros centros u organizaciones que atiendan a personas con adicciones. También se podrán apoyar en los centros sanitarios públicos que atiendan urgencias que puedan estar relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.

En tercer lugar, otra fuente de información serán los informes periciales médico-forenses y las bases del Instituto Vasco de Medicina Legal; los ficheros de datos de carácter personal que sean titularidad del departamento competente en materia de salud y, en su caso, de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que también sean necesarios para completar el Sistema de Información sobre Adicciones; y los datos procedentes de otros sistemas de información o registros, de centros sanitarios, de asociaciones, de investigación, de medicamentos o de las y los profesionales que atiendan a personas con adiciones, del ámbito de la comunidad autónoma que puedan aportar información relevante sobre las mismas.

Finalmente, las variables que se tendrán en cuenta en el Sistema serán datos relativos a personas admitidas a tratamientos por consumo y dependencia de sustancias psicoactivas o adicciones comportamentales; datos relativos a urgencias hospitalarias relacionados con consumos de sustancias proactivas; y datos de personas fallecidas por reacción adversa a sustancias psicoactivas.
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