Defiende que la fórmula está amparada por la ley



16 oct. 2013 16:40H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado un recurso presentado por CCOO contra el proceso de externalización de seis hospitales al entender que es una fórmula legalmente habilitada por la legislación, tal y como se contiene en la Ley 15/07 sobre habilitación de nuevas fórmulas de gestión del Sistema Nacional de Salud.

Rosa Cuadrado, responsable de sanidad de CCOO.

La sección octava de la Sala Contencioso Administrativo del TSJM inadmite con su fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, el recurso del sindicato aunque establece la posibilidad de interponer un recurso de reposición ante la misma sala en un plazo de cinco días computados a partir de la notificación de la sentencia.

En su argumentación, la sala indica que la gestión externalizada es una fórmula “legalmente permitida” y amparada una norma “de rango de Ley”, por lo que lo único que cabe revisar es la regularidad formal del procedimiento. La Sala recuerda además que la propia Fiscalía manifestó en sus alegaciones la falta de legitimidad activa del sindicato para recurrir dicho acto administrativo.

La sección octava remarca que la decisión de acometer la gestión “privada” de los referidos hospitales (Infanta Leonor, Infanta Sofía, Infanta Cristina, el del Tajo, el del Sureste y el del Henares) fue adoptada también por una Ley aprobada en la Asamblea de Madrid y su ejecución se derivó por una orden de la Viceconsejería de Atención Sanitaria.

“No encontramos pues, con un procedimiento por el que se ejecuta la previsión normativa (...) y que se realiza por quien ha sido legalmente habilitado (Sermas) para ello, sin que esa decisión (legalmente permitida como una de las posibles opciones) pueda ser objeto de revisión jurisdiccional”, expone el fallo.

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