Una sentencia ha respaldado a las facultativas en lactancia natural con bebés de hasta 12 meses

El Tribunal Supremo de Madrid.
Exteriores del Tribunal Supremo de Madrid.


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Un nuevo fallo de la justicia garantiza la exención de guardias y el salario completo a las médicas que hacen uso de la lactancia natural. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo de Madrid, que ha desestimado un recurso de casación ordinario interpuesto por la Comunidad, aceptando íntegramente las alegaciones defendidas en el proceso de parte del sindicato médico Amyts.

Se trata de una sentencia que reconoce la exención de la realización de jornada complementaria de Atención Continuada (guardias médicas) a las facultativas del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), que dan lactancia natural hasta los 12 meses del bebé; así como a seguir percibiendo íntegramente las retribuciones que correspondan a este concepto a fin de que no sufran un perjuicio económico por este motivo.


Argumentos de la resolución


Lo que se expone en la resolución, a la que ha accedido Redacción Médica, es que para garantizar la asistencia de los pacientes, las facultativas tienen la obligación de realizar turnos de trabajo de 24 horas en concepto de jornada complementaria; que suelen ser entre cuatro y cinco al mes. "Tras disfrutar de los correspondientes descansos por maternidad y lactancia, no son exoneradas de efectuarlas", indica el documento.

Ya una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid 340/2024, de 12 de abril, "reconoció el derecho de esas facultativas a la dispensa de guardias médicas y a percibir el complemento de atención continuada", aunque fue posteriormente recurrida por la comunidad.

Además, señala que está probado que las jornadas de trabajo que superan las ocho horas diarias y tengan "algún factor estresante o generen fatiga por su propia duración, pueden disminuir la producción de la leche materna, al inhibir el reflejo de bajada de la leche y el riesgo de mastitis, dificultando la lactancia". Por ello, y entre otros argumentos, exponen que se debe concluir en que las facultativas "que alimentan a sus hijos con lactancia natural no deben realizar guardias médicas durante el primero año".

En cuanto al aspecto económico, subraya que ya existe jurisprudencia que dictamina que las facultativas, exentas de guardias, tienen derecho a percibir la retribución correspondiente y no inferior a la de los demás médicos del Sermas.
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