Una sentencia impone una sanción de 11.693 euros al Colegio de Dentistas de Extremadura por "prácticas prohibidas"

Sanción a los dentistas por “imponer” al paciente qué protésico elegir
Fachada del Tribunal Superior de Extremadura.


21 jul. 2017 15:50H
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POR REDACCIÓN
Elegir protésico dental es un derecho. Así lo determina la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en una sentencia tras ratificar una sanción impuesta al Colegio de Dentistas de Extremadura por una infracción “muy grave” al hacer recomendaciones conjuntas a los pacientes para "imponer la elección del protésico dental por los dentistas". 

Según recoge la sentencia publicada este viernes, el Jurado de Defensa de la Competencia especifica que la infracción se hizo durante una serie de recomendaciones del órgano a sus colegiados para "tomar decisiones y hacer recomendaciones colectivas para imponer la elección del protésico dental por los dentistas de forma restrictiva de la competencia”. Unas prácticas que el tribunal tilda de “prohibidas”.

Esta sentencia ya fue desestimada por un recurso Contencioso Administrativo que fue interpuesto por el Colegio Oficial de Dentistas de Extremadura en junio de 2016, en la que se imponía una sanción de 11.693 al entender que se estaba cometiendo una infracción “muy grave”.

Una sanción que se imponía al entender que quedaba acreditada “la existencia de prácticas prohibidas” como es el caso de “tomar decisiones y hacer recomendaciones colectivas para imponer la elección del protésico dental por los dentistas de forma restrictiva de la competencia”, añade el escrito.

Por lo que el tribunal estable que “existe por parte del paciente el derecho a una libre elección del protésico dental”. Por esta consideración, desde el Colegio de Protésicos Dentales de Extremadura lamentan la realización de estas prácticas que pueden acarrear consecuencias para la región.
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