Una orden de 2006 fundamenta la regulación para poder participar en el referéndum ilegal

¿Cómo votarán el 1-O los profesionales sanitarios de guardia?
El personal de guardo contará con al menos cuatro horas para votar, al menos en centros públicos.


29 sept. 2017 9:20H
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POR @EDUORTEGARM
Aunque todavía hay confusión respecto a qué centros y dependencias sanitarias serán colegios electorales para la celebración del referéndum de autodeterminación convocado por la Generalitat de Cataluña para el próximo 1 de octubre, las reglas y permisos que tienen que pedir los profesionales sanitarios que estén de guardia si quieren participar en la consulta sí que están ya fijadas.

Según explican fuentes de Metges de Catalunya, el contexto de permisos laborales estaba incluido en el decreto que se aprobó el 6 de septiembre en el Parlament y que anuló el Tribunal Constitucional.

Ante este panorama y tras consultar al Instituto Catalán de la Salud (ICS), el sindicato explica que la situación legal está fijada por la circular 5/2006, que regula la participación del personal al servicio de la Administración de la Generalitat en elecciones convocadas dentro del marco de la ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general, ámbito legal en el que el Gobierno de Cataluña ha incrustado la consulta de independencia.

Este documento precisa que el personal que no disfrute de descanso semanal en el momento de la votación tendrá acceso a un permiso de hasta cuatro horas libres dentro de su jornada laboral, que será facilitado sí o sí después de que Antoni Comin, consejero de Salud, y su equipo tomaran la presidencia de todos los consorcios sanitarios.

“En general, su tramitación es una cuestión de organización interna”, precisan en Metges. “Se tiene que presentar por escrito o verbalmente el interés para salir a votar en una franja horaria concreta, y se reorganiza el centro para que ese espacio de tiempo quede cubierto”.

Sector concertado

El sector de la sanidad concertada es un caso aparte. “En esta situación, se tiene que negociar con el servicio y con el superior, de manera interna, el permiso laboral, que también puede ser por escrito y verbalmente”.

En este sentido, hay que recordar que la Associació Catalana d'Entitats de Salut (Aces), el Consorci de Salut i Social de Catalunya, la Associació Catalana de Recursos Assistencials y la Unió Catalana d'Hospitals han recomendado a los diferentes hospitales y centros sanitarios no denegar permisos de trabajadores para votar o formar parte de una mesa electoral en el referéndum del domingo.

Acceda a la circular 
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