Se estiman parcialmente los recursos de Algodones del Bages y Hartmann



12 may. 2014 12:04H
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Con la colaboración de

José Julián Díaz Melguizo, director general de Ingesa.

Eduardo Ortega Socorro. Madrid
La central de compras de productos sanitarios del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) sigue adelante, a pesar de las continuas correcciones a las que se tiene que someter el proyecto a causa de los recursos presentados por las compañías licitadoras. Y es a través de esta vía como se ha realizado la última de las modificaciones: la anulación de la cláusula 2.8.1.11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que elimina la necesidad de que los licitadores tengan que presentar documentación y acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional.

Esta ha sido la decisión tomada por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales tras estimar de forma parcial los recursos presentados por las compañías Algodones del Bages y Laboratorios Hartmann contra los pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de productos sanitarios. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, se procede a la “anulación de la cláusula 2.8.1.11 y desestimándose en cuanto al resto de motivos invocados en sendos recursos”, porque produce "una restricción a la concurrencia".

La citada cláusula es la que se refiere a que “las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional”, teniendo que acreditarse una cifra de negocios en cada uno de los dos últimos años posibles “en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, igual o superior a la suma del presupuestos de los lotes en los que participe, impuestos excluidos”, según los pliegos, tal y como están redactados a día de hoy.

La razón que argumenta el Tribunal Administrativo Central es que el periodo exigido por los pliegos "no se ajusta a lo dispuesto ni en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni en la normativa comunitaria que debe servir para su interpretación". Además, advierte de que "el argumento del órgano de contratación en defensa de la limitación de plazos en cuanto a que es coherente con la duración del acuerdo marco de dos años no es admisible".

Apertura de sobres

Como ya viene contando Redacción Médica, después de año y medio de procesos, la central de compras de productos sanitarios verá la luz: La apertura de sobres de las ofertas económicas se hará el próximo jueves 29, poniendo fin a una cuestión en la que la actividad litigante ha sido la protagonista.

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Acceda a la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

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