El Ministerio saca a audiencia pública el Real Decreto sobre criterios de calidad y seguridad en radiodiagnóstico

Sanidad saca a audiencia pública el Real Decreto sobre criterios de calidad y seguridad en radiodiagnóstico
Fachada del Ministerio de Sanidad.


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El Ministerio de Sanidad ha sacado a audiencia pública el proyecto de Real Decreto que establece los criterios de calidad y seguridad en radiodiagnóstico y modifica el Real Decreto 673/2023 sobre unidades asistenciales de medicina nuclear. Las aportaciones presentadas se centran en reforzar la profesionalización del técnico superior en imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (TSID-MN), clarificar el marco normativo y alinearlo con los estándares europeos, así como en definir requisitos específicos para equipos de alta complejidad y tecnologías emergentes como la inteligencia artificial y la tomosíntesis. Además, la normativa refuerza el liderazgo del facultativo en la planificación y validación de protocolos, siendo el responsable final de justificar clínicamente cada exposición y supervisar la optimización del proceso. De igual modo, deberá velar en todo momento por la seguridad del paciente. El plazo para presentar alegaciones permanecerá abierto hasta el 18 de febrero de 2026.


Un proyecto alineado con los estándares europeos


El nuevo Real Decreto introduce medidas en varios ámbitos. En materia de modernización y nuevas tecnologías, actualiza los criterios aplicables a equipos de alta complejidad e incorpora tecnologías como la tomosíntesis y la inteligencia artificial para optimizar el diagnóstico. Asimismo, impulsa la digitalización del control de dosis, obligando a los equipos a generar de forma automática un informe estructurado que permita el seguimiento individualizado de la radiación recibida por cada paciente.

En cuanto a seguridad y protección del paciente, se refuerza la exigencia de justificación clínica de las pruebas, con especial atención a población pediátrica, mujeres embarazadas y procedimientos de alta dosis. Además, se establece la obligación de comparar las dosis empleadas con los niveles de referencia diagnósticos nacionales e internacionales.

En el ámbito organizativo, todos los centros deberán disponer de un programa documentado de garantía de calidad que incluya el control de los equipos, la formación del personal y la vigilancia de los procedimientos clínicos. Por su parte, las unidades de radiodiagnóstico hospitalario deberán constituir, en un plazo de seis meses, una comisión específica de calidad para supervisar el cumplimiento de la norma.

El texto también delimita las responsabilidades profesionales, reforzando el liderazgo del médico especialista en la planificación y validación de protocolos, definiendo el papel del radiofísico en la medición de dosis y la aceptación de equipos, e integrando al TSID-MN como figura clave en la ejecución técnica y la obtención de imágenes de calidad.

Finalmente, se establece la obligación de conservar la documentación y las imágenes clínicas durante un mínimo de 30 años, y se introducen modificaciones en el Real Decreto 673/2023 de medicina nuclear para mejorar la precisión dosimétrica de los tratamientos con radiofármacos y simplificar las pruebas de aceptación de nuevos equipos


Envío de alegaciones


El plazo para el envío de aportaciones permanecerá abierto hasta el 18 de febrero de 2026. Las propuestas deberán remitirse exclusivamente al buzón de información pública, a través de la dirección de correo electrónico informacion_publica@sanidad.gob.es. En el asunto del mensaje deberá figurar la referencia “DG/03/26 APORTACIONES”, seguida del nombre de la entidad o de la persona remitente. El Ministerio de Sanidad advierte de que solo se tendrán en cuenta las aportaciones debidamente identificadas y recibidas dentro del plazo establecido.
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