La ministra de Sanidad, Mónica García; y el secretario de Estado, Javier Padilla.
Impermeable a las críticas de los colectivos de médicos, que este sábado saldrán de nuevo a la calle para exteriorizar su rechazo al Estatuto Marco, el
Ministerio de Sanidad se mantiene firme en su defensa de la estrategia para actualizar este código laboral del personal sanitario. Tras reunirse con los consejeros autonómicos de Salud en el Consejo Interterritorial esta misma semana,
Mónica García, jefa del ramo, hacía gala de algunas de las bondades del plan, entre ellas la reformulación del tiempo efectivo de trabajo. En concreto, aludió a que
los facultativos van a dejar de “deber horas” a la administración, “como ocurre a día de hoy”. Pero, ¿a qué se refería la ministra?
El Estatuto Marco vigente, que data de 2003, permite que cuando un médico realiza una
guardia de 24 horas, el tiempo posterior de descanso, de carácter obligatorio, no compute como tiempo de trabajo. El resultado es que se considera una ausencia de trabajo que los profesionales deben ‘compensar’ con la debida administración.
“Nuestra intención es que no podrá pasar al saco de las horas ordinarias -defendió García en el pasado-. La intención y el compromiso del Ministerio es que
tú no debas horas cuando haces guardias".
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Mónica García: "La intención y el compromiso del Ministerio es que tú no debas horas cuando haces guardias"
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Ese es, sostiene Sanidad, el espíritu del borrador de nuevo Estatuto Marco, que dicta un
descanso semanal de 36 horas consecutivas. En caso de que no sea posible garantizarlo de forma inmediata, dicho reposo no se podrá postergar más allá de dos semanas (de forma acumulada). “Lógicamente,
serán 36 horas de cada semana, por lo que en la segunda semana se deberán disfrutar dos periodos de 36 horas de descanso”, subraya el Ministerio, que incide en que esta medida “implica que
los descansos previo y posterior a la guardia no se ‘devuelven’ ni generan una ‘deuda horaria’”.
Nuevo sistema de guardias en el Estatuto Marco
Las guardias, asume el gabinete de García, seguirán siendo esenciales para sostener el sistema. Es decir, que “no es posible actualmente establecer su voluntariedad” pese a que se reconoce la situación de “penosidad” laboral que provocan al trabajador. “Las actuales plantillas de los centros sanitarios no permiten poner en marcha esta medida, y de hecho se considera prioritario iniciar una estrategia a largo plazo de racionalización de plantillas y de adaptación de las necesidades de recursos humanos para evitar la sobrecarga de los profesionales”, resume.
En cualquier caso, sí se contemplan medidas orientadas a reducir esa carga. En primer lugar, se establece un
límite de 17 horas para estas guardias médicas (en la actualidad, el tope se sitúa en las 24 horas). Esas 17 horas
engloban la jornada ordinaria y la de guardia. De hecho, el Ministerio plantea incluir en el límite de 45 horas semanales de jornada laboral la actividad ordinaria, guardias, atención continuada y urgencias, además de la jornada ordinaria y la de guardia, tal y como adelantó
Redacción Médica.
Si bien es cierto que se deja un resquicio abierto para que la jornada se amplíe a 24 horas en fines de semana o centros de difícil cobertura, Sanidad especifica que habrá de existir “pleno
consentimiento de los profesionales afectados” y un
informe de riesgos laborales.
Este periódico también avanzó que el futuro texto incorporará algunos retoques acordados en los últimos días con los sindicatos y que afectan a la jornada laboral.
Uno de los más significativos afecta al llamado 'solape de jornada' -el tiempo adicional para asegurar la continuidad asistencial entre turnos-, que contará como tiempo de trabajo efectivo dentro de la jornada ordinaria.
Las horas de guardia, ¿extraordinarias?
Lejano parece aún el acuerdo entre Ministerio de Sanidad y la
Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM), presente en la mesa del
Ámbito de Negociación en la que se ha
configurado el Estatuto Marco. Más allá de exigir un Estatuto específico para su profesión, los facultativos reclaman más ambición para que las horas de guardia pasen a ser
consideradas extraordinarias (en la actualidad, de hecho,
se pagan por debajo de la hora ordinaria).
Lo cierto es que Sanidad no contempla esta medida en el nuevo borrador, que mantiene como ordinarias las horas de guardia. “Este concepto de horas extraordinarias se emplea en la legislación laboral (Estatuto de los Trabajadores) pero en el ámbito de la función pública
no existen las horas extraordinarias y por ello las guardias son un tipo de jornada diferente de la ordinaria”, apela.
En el caso de las
guardias localizadas, el borrador establece que cuando el profesional sea requerido para la prestación de un trabajo o servicio efectivo se considerará tiempo de jornada. “Esta modalidad viene respaldada por múltiples sentencias”.
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