El abogado Ricardo De Lorenzo dice que no hay una prohibición expresa para la promoción de productos, pero pide cautela

El abogado Ricardo De Lorenzo explica si los MIR pueden hacer publicidad.
Ricardo De Lorenzo, presidente del bufete De Lorenzo Abogados.


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Desde un punto de vista estrictamente jurídico, no hay una postura inamovible sobre la conveniencia o licitud de que un residente de Medicina utilice sus redes sociales o cualquier escaparate mediático para hacer publicidad de productos de terceros, una práctica común especialmente entre quienes presumen de contar por millares (o millones) sus seguidores. Ya sea para patrocinar una crema antioxidante o una pasta de dientes, los MIR, que aunque continúan formándose no dejan de ser médicos profesionales, pueden inclinar la opinión de los consumidores hacia una u otra marca. En palabras de Ricardo De Lorenzo, presidente del bufete De Lorenzo Abogados, “no existe una prohibición expresa que lo impida”… “Pero por prudencia jurídica y ética, lo desaconsejo totalmente”, matiza.

Consultado por Redacción Médica, el también expresidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) analiza desde un prisma legal las campañas publicitarias protagonizadas por ‘influencers’ sanitarios, que han logrado cautivar al gran público a través de las redes sociales. Explica De Lorenzo que, en primer lugar, este tipo de mensajes deben someterse a lo dispuesto en la Ley General de Publicidad de 1988, que prohíbe anuncios engañosos o desleales y es transversal a todos los sectores. De forma paralela, el Ministerio de Sanidad aceleró el pasado año la tramitación de la Ley de publicidad sanitaria, que estrecha el cerco que rodea a creadores de contenido o bloguers, aunque también simplifica el procedimiento de autorización para la promoción de productos concretos mediante una declaración responsable.

Deontología médica en campañas publicitarias


Y, por encima incluso de todo ello, el presidente de De Lorenzo Abogados enfatiza el código deontológico de los médicos, incluidos los MIR, “que aunque estén en formación realizan funciones asistenciales”. “Y el código de Deontología defiende que el profesional no puede utilizar esta condición para promocionar productos con finalidad comercial ni exagerar propiedades”, resume.

“Por tanto, y a pesar de que un médico pueda tener mucha presencia en redes sociales, yo por prudencia jurídica y ética, lo desaconsejaría totalmente -continúa-. No existe una prohibición expresa que lo impida, pero sí concurren límites legales y deontológicos dentro de un marco que es muy estricto”.

El propio De Lorenzo reitera la necesidad de que los anuncios engañosos sean “sancionados ejemplarmente”. “No hay que olvidar que la Ley 34/1988, General de Publicidad considera como engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor o aquella que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios”, subraya.

¿Qué pasa con la Ley de publicidad sanitaria?


Continúa en tramitación, aunque sin un horizonte fijo a la vista, la tramitación de la nueva Ley de Publicidad Sanitaria, que se encuentra en la recta de salida. El Ministerio de Sanidad hizo públicas el pasado año las aportaciones de organizaciones y particulares al proyecto de real decreto, con el que se pretende garantizar que los mensajes de productos de salud dirigidos al público sean más transparentes y honestos.

Con esta Ley de Publicidad Sanitaria, el Ministerio de Sanidad da respuesta a las demandas de las principales organizaciones profesionales de la salud, con la Odontología a la cabeza, que se veían vulneradas por un marco normativo desfasado. “Los mensajes publicitarios deben ser claros, veraces y basados en la evidencia científica para no confundir a los ciudadanos”, clamaba Óscar Castro, presidente del Consejo de Dentistas, en declaraciones a este periódico. 

Ese sentir ha quedado plasmado en el texto del futuro real decreto, que incluirá “restricciones” para el uso de profesionales sanitarios, “así como de influencers o bloguers”, a la hora de emitir publicidad de productos concretos.
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