Tomás Cobo, presidente de la Organización Médica Colegial.
El presidente de la
Organización Médica Colegial (
OMC),
Tomás Cobo, valora como "muy buena", la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por la que
se avala el derecho de los cargos de los Colegios de Médicos a disfrutar de
permisos retribuidos para realizar sus funciones. Cobo celebra la decisión, asegurando que
"la Justicia nos da la razón y facilita ese trabajo" y subraya que se pone en valor una reivindicación histórica de los colegios profesionales.
Cobo explica que la petición de estos permisos
es un "clásico de los Colegios de Médicos" y que, hasta ahora, el reconocimiento de este derecho dependía a menudo del criterio de "consejerías o gerentes", que podía ser dispar. La sentencia, por lo tanto, uniformiza el criterio a nivel andaluz, reconociendo que la atención a las Juntas Directivas y las labores desarrolladas por cargos como vocales, secretarios generales o el presidente deben ser
consideradas un "deber inexcusable" de carácter público o personal para los facultativos.
Un trabajo altruista al fin validado
El presidente de la OMC enfatiza que quienes desempeñan estas funciones lo hacen de forma completamente altruista:
"Es gente que dedica su tiempo a esto sin cobrar un duro". La sentencia del
TSJA establece que los médicos con cargos electos están obligados a acudir a los actos y reuniones para los que son llamados, señalando el Alto Tribunal andaluz que
el hecho de impedirles participar
afecta negativamente la democracia interna de los Colegios, por lo que ordena que se garantice su derecho a ejercer las funciones representativas. A este respecto, Cobo añade que "la obligación de facilitar el trabajo de aquellos que desarrollan su actividad profesional en parte en ese entorno de los Colegios de Médicos
es un reconocimiento de lo que ya el Código Deontológico recoge per se".
Al respecto de la sentencia del TSJA, el
Colegio de Médicos de Cádiz también se ha manifestado, mostrando que está muy satisfecho. Desde la institución destacan que, por primera vez, un Tribunal Superior reconoce de forma expresa la
trascendencia pública de la función de los Colegios Profesionales, constituidos legalmente como corporaciones de derecho público.
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