Otros artículos de Pere Camprubí

8 may. 2022 10:40H
SE LEE EN 7 minutos
En Santiago de Compostela, los pasados 21 y 22 de marzo se celebró el “Encuentro Autonómico Xacobeo. Por un urbanismo responsable”. Llama mi atención el acuerdo adoptado relativo a la petición al Gobierno español de tramitar una ley que evite “la nulidad del planeamiento territorial o urbanístico debida a defectos formales” y así permitir la compatibilización de la protección de terminados territorios con ciertas actividades económicas. La noticia nada dice de cuántas sentencias se fundamentan en defectos materiales de las licencias concedidas y posteriormente anuladas.

Esa petición se formula ante sentencias de los tribunales de Justicia anulando licencias urbanísticas o de actividad concedidas por los órganos competentes de las distintas nacionalidades y regiones españolas (terminología del artículo 2 CE) concedidas en espacios con diferentes grados de protección legal.

Aquel acuerdo ha sido adoptado por los gobiernos de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Comunidad Valenciana, Euskadi, Extremadura, Galicia, La Rioja, Murcia, Navarra, además de Ceuta y Melilla. El hecho de que partidos políticos muy diversos sirven a sus ciudadanos en estos gobiernos me ha animado a comentar el contenido de la noticia, sin ser tachado de partidismo político.

Así pues, ante el empobrecimiento al que nos vemos abocados la inmensa mayoría de personas que vivimos en España 1, en principio aquella petición es muy razonable: a través del equilibrio siempre inestable entre desarrollo socio-económico y cultural de una población humana determinada y el sostenimiento de los ecosistemas naturales y su biodiversidad, se trata de paliar o revertir el empobrecimiento de muchísimos, a partir de aprovechar recursos naturales improductivos debido a su protección legal, lo que implica que dichos recursos ahora estén fuera del mercado y, por tanto, fuera de las leyes de la oferta y la demanda que rigen nuestro sistema productivo.

De llevarse a cabo la propuesta aludida, algunos bienes de carácter territorial declarados públicos serían privatizados, ya que pasarían a ser utilizados por terceros, cualquiera que fuera su forma jurídica (todo tipo de empresa o de cooperativa).

La medida solicitada por aquellos gobiernos autonómicos se puede analizar desde muchos puntos de vista; por ejemplo, (1) si nuestro actual sistema productivo es compatible con la sostenibilidad de los ecosistemas humanizados (urbanos y rurales) y naturales, (2) si dicha medida es la más eficiente para un justo, equitativo y solidario reparto de rentas y cargas, o, alternativamente, si hay otras medidas para conseguir esa equidad proclamada por los gobernantes y deseada por la mayoría de gobernados, (3) qué servicios ambientales ofrece el espacio protegido, como polinización de cultivos adyacentes, depuración natural de agua, alimentos naturales como miel, piñones, setas…, ocio y turismo sostenibles… (4) de qué manera participan o pueden participar los ciudadanos que habitan alrededor del espacio protegido en su desarrollo económico-social sostenible, (5) cómo se implementa la medida en espacios protegidos intercomunitarios o transfronterizos… o (n) si el cambio legislativo propuesto va a mejorar la salud pública de los españoles. Voy a referirme a este último aspecto del poliedro.

En un párrafo anterior me refiero a un equilibrio inestable, ya que la puesta en marcha de núcleos de actividad económica en espacios legalmente protegidos implica, como mínimo, la construcción física de dichos núcleos, la construcción de vías de comunicación desde dichos núcleos hasta las vías de comunicación ya existentes que conducen a los centros de distribución y comercialización de su producción, la construcción de infraestructuras para el transporte de fuentes de energía y el uso in situ de tecnologías de eliminación de gases y de depuración de vertidos. Si la actividad económica corresponde al sector primario, además existe posibilidad nada desdeñable de que especies animales o vegetales objecto de la actividad económica puedan pasar al medio protegido, invadiéndolo.

Así pues, la puesta en marcha de núcleos de actividad económica en espacios legalmente protegidos altera necesaria y obligadamente el medio físico en el que aquellos se ubican, con el consiguiente impacto en los ecosistemas que dicho medio sostiene. En cada caso, la ruptura de un determinado equilibrio tiene afectaciones sobre la biodiversidad del territorio afectado y también sobre la salud pública¡¡¡de TODOS!!!

En esta situación, el impacto sobre la salud pública, o sea sobre todos los ciudadanos, viene dado por las zoonosis que emergen cuando un microrganismo (bacteria o virus) hospedado en unos especímenes vegetales o animales de un ecosistema natural entra en contacto con otro animal, incluido el hombre, para el que aquel microrganismo ya es patógeno, puesto que el sistema inmunitario del organismo receptor no está preparado para recibir dicho microrganismo, quedando alterado el ciclo de vida del organismo receptor. Este fenómeno se conoce como salto de la barrera de especie. Así apareció la pandemia conocida como Covid-19, cuando el virus SARS-CoV-2, que convivía en individuos de una especie animal salvaje no determinada y sin manifestaciones de patogenicidad, entró en contacto con individuos de nuestra especie, saltando a millones y millones de organismos humanos. Este proceso de salto a la especie humana o a especies animales domesticadas también se ha dado en otras pandemias, como el sida, el ébola o la gripe aviar, por poner unos pocos ejemplos.


"Desde el punto de vista de la salud pública, concluyo que es harto peligroso intentar compatibilizar la actividad centrada en la producción de bienes y servicios en el medio natural legalmente protegido con el mantenimiento de este"




La multiplicidad de interconexiones entre especies en ecosistemas naturales y especies en ecosistemas humanizados (urbanos o rurales) queda reflejada en el esquema siguiente, extraído directamente de la literatura especializada, que visualiza la red de contactos interespecíficos 2.

Fotografía



Dejo al margen las consideraciones económicas efectuadas en el principio de este artículo; solamente desde el punto de vista de la salud pública, concluyo que es harto peligroso intentar compatibilizar la actividad centrada en la producción de bienes y servicios en el medio natural legalmente protegido con el mantenimiento de este, puesto que desconocemos qué microrganismos están instalados en vegetales y animales que allí viven, sin que dichos microrganismos sean patógenos para sus huéspedes naturales, pero cuando saltan la barrera de la especie, pueden llegar a producir pandemias, como la que aún estamos padeciendo.

En su día, desde los Colegio Oficial de Biólogos y Colegio Oficial de Biólogos de Extremadura ya advertimos en estas mismas ciber-páginas del importante número de microrganismos patógenos ya localizados por la OMS, sin que podamos saber cuántos más están siguiendo su ciclo de vida natural y tienen potencial patógeno para los humanos y las especies animales domesticadas.

Esperemos que los gobernantes de las distintas Administraciones con competencias en ordenación del territorio y su protección legal tengan en cuenta este factor de riesgo cierto, más allá de otras valoraciones, importantes en el corto plazo para beneficio potencial de unos cuantos, pero que a todos pueden abocarnos a otro desastre sanitario, como el que aún estamos sobrellevando.

1. La referencia al “empobrecimiento de la inmensa mayoría de personas que vivimos en España” no es gratuita, ya que, en 2021, la ganancia neta de las 35 empresas del Íbex 35 ha sido de 58.543 millones de euros (https://www.diariodesevilla.es/economia/Beneficios-empresas-componen-Ibex-millones_0_1665733738.html).

2. Wardeh M, Risley C, McIntyre MK et al. Database of host pathogen and related species interactions and their global distribution. Sci Data 2015; 2: 150049. Do: 10.1038/sdata.201549.

  • TAGS