La protección de la salud e integridad física de las personas justifica que la profesión enfermera sea una profesión regulada, titulada y colegiada. Estas circunstancias no pueden soslayarse en ningún caso, por urgente, excepcional o circunstancial que pueda parecer.

El Colegio de Enfermería de Madrid ejerce una labor constante de vigilancia sobre los casos de intrusismo que se detectan en cualquiera de los ámbitos asistenciales en los que se requiere la asistencia y el cuidado enfermero. Durante los inicios de la pandemia, con motivo de la recogida de curricula de enfermeras de toda España para ponerlos a disposición del Sermas, se detectaron casos de intrusismo de falsas enfermeras y enfermeros que trataron de aprovechar unas circunstancias tan graves. El Colegio fue implacable y colaboró con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante estos casos, que se pusieron en manos de la Justicia. Hoy en día, hay 18 procesos abiertos.

Pero, desgraciadamente, no son los únicos. Se están detectando casos de falsas enfermeras y enfermeros en algunos centros sanitarios y sociosanitarios privados de la Comunidad de Madrid. Y para ello, este Colegio solicita la colaboración absoluta de todas las direcciones de dichos centros. Es fundamental que antes de contratar, se verifique mediante consulta ante esta Institución, si la persona reúne los requisitos de titulación oficial, homologación y colegiación exigidos por la Ley.

Este extremo, como decíamos al comienzo, es imprescindible desde el punto vista legal, asistencial y ético. Hay que recordar que, desde el ámbito legal, el Código Penal tipifica los delitos de intrusismo (art. 403), falsedad documental (arts. 390 y 392), así como de prevaricación (arts. 405 y 406) en los que se establecen penas de multa y de cárcel.


"Apelamos a la responsabilidad de las empresas que incorporan profesionales que no son enfermeros a su plantilla pero que ejercen como tales"


Pero, como decimos, el intrusismo profesional tiene también un componente ético que conviene recordar. Las enfermeras, en el ejercicio de su profesión, tienen una serie de normas que cumplir, tal y como se establece en los artículos 56, 57, 58 y 59 del capítulo X de las ‘Normas comunes en el ejercicio de la profesión’ del Código Deontológico de la Enfermería Española. En esencia, estas normas recuerdan la responsabilidad que tienen las enfermeras en la toma de decisiones y la delegación de estas, como, por ejemplo, no encomendar funciones a otros miembros del equipo de salud que son propias de la profesión enfermera, y denunciar a aquellos que ejercen sin titulación.

Estas normas son de obligado cumplimiento y aplicación para todos los profesionales que ejerzan en España por convenio o tratados internacionales. Todos ellos deben cumplir los requisitos de homologación y colegiación que establece la ley para el ejercicio de nuestra profesión.

Desde esta tribuna apelamos a la responsabilidad de las empresas y sus directivos que incorporan profesionales que no son enfermeros a su plantilla, pero que ejercen como tales. Nos estamos encontrando con que en algunos centros privados se contrata personal sin comprobar la titulación correspondiente. E incluso, hemos podido verificar, que, en determinados casos, estas empresas se niegan a facilitar al Colegio de Enfermería la información requerida para comparar- mediante cotejo en nuestra base de datos- que esa persona cumple con todos los requisitos de titulación, homologación y colegiación que la acredita para ejercer como enfermera.

Insistimos en que esta situación también repercute directamente en la seguridad de los pacientes y en la calidad asistencial del sistema sanitario y sociosanitario.

La profesión enfermera tiene un alto grado de capacitación y conocimiento fruto de su preparación universitaria y experiencia profesional. El compromiso adquirido con la sociedad desde el momento que elegimos esta profesión nos hace altamente responsables sobre los cuidados que necesita cada persona- paciente o no- a lo largo de su vida, como guardianes de la salud y bienestar de toda la población.

Por ello, exigimos ese mismo grado de responsabilidad a los directores de estas empresas que, no solo incurren en un delito penal al contratar a falsos enfermeros, sino que, además, ponen en riesgo la salud de las personas que residen en sus centros.