La colaboración de ambas instituciones, desde el año 2007, facilita el ejercicio de este derecho



27 dic. 2012 23:10H
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Redacción. Santa Cruz de Tenerife
La consejera de Sanidad, Brígida Mendoza, y decano del Colegio Notarial de Canarias, Alfonso Caballé Cruz, han firmado la adenda que prorroga durante todo el ejercicio 2013 el convenio de colaboración que facilita el otorgamiento de las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario.

Brígida Mendoza, consejera de Sanidad y Alfonso Caballé, decano del Colegio Notarial de Canarias.

La colaboración de ambas instituciones, desde el año 2007, facilita el ejercicio de este derecho a las personas residentes en la Comunidad Autónoma. Durante el presente año, un total de 200 personas han realizado en las oficinas notariales las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV).

El documento MAV contiene las instrucciones y opciones que deberá respetar el personal sanitario que atienda al otorgante sobre los cuidados y el tratamiento de su salud; las disposiciones respecto al destino de su cuerpo y a la donación de órganos y tejidos; las indicaciones de naturaleza ética, moral o religiosa que expresen sus objetivos vitales y valores personales para que orienten a los profesionales médicos en la toma de decisiones clínicas; y la designación de uno o varios representantes que actuarán como interlocutores de las instrucciones y valores manifestados ante el médico o el equipo sanitario.

Tras la entrada en vigor del Decreto 13/2006, de 8 de febrero, por el que se regulan las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario, así como la creación del Registro correspondiente, se valoró la necesidad de dotar al procedimiento de otorgamiento e inscripción del documento en el registro de mayor agilidad que la que se podía proporcionar con el personal inicialmente adscrito a esas funciones, acercando, a la vez, al ciudadano un servicio que permite garantizar el ejercicio de un derecho cada vez más demandado por la población.

En virtud de este convenio, las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario reguladas en la normativa se podrán otorgar ante cualquier notario perteneciente al Colegio Notarial de Canarias, una vez documentados con la autorización pertinente.

Por cada manifestación anticipada de voluntad otorgada ante notario, la Consejería de Sanidad abonará una cantidad presupuestada, y cada documento será remitido al Registro Administrativo creado en la Consejería de Sanidad.

Funcionamiento

El personal sanitario comprueba que se ha hecho una MAV consultando los datos de tarjeta sanitaria, donde queda constancia de que se ha otorgado una MAV, su fecha y número de inscripción. El documento MAV otorgado ante notario deberá ser entregado en el centro asistencial en el momento del ingreso para su incorporación a la historia clínica, salvo que esté registrado, ya que la inscripción es voluntaria. En cualquier caso, el registro indicará a los centros asistenciales y al 1-1-2 la existencia del documento a los efectos de la anotación correspondiente en la historia clínica. Además, el otorgante podrá entregar su manifestación anticipada de voluntad en sus centros asistenciales de referencia para su incorporación a la historia clínica.

La instrucción sanitaria o post mortem del otorgante es la que tiene preferencia para el personal sanitario. No se consulta a la familia que, con relación a lo manifestado, no puede oponerse. La manifestación anticipada de voluntad prevalece sobre la opinión e indicaciones de terceras personas. Sólo dejará de tener efectos por posterior declaración de voluntad del otorgante, realizada en el momento del acto médico, emitida con plena conciencia y con conocimiento informado, o a través de su modificación formal posterior.

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