La libre elección podrá ser denegada excepcionalmente mediante resolución motivada por el órgano competente

Los pacientes podrán elegir médico en las urgencias no vitales
Esther Ruiz, secretaria general técnica de Salud.


13 abr. 2016 14:30H
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POR REDACCIÓN
La Consejería de Salud y el movimiento ciudadano Sanidad Riojana Igualitaria han mantenido una reunión en la que se han producido dos acuerdos, entre ellos el de la libre elección de médico por parte de los pacientes también en las urgencias no vitales.

En este sentido, el Gobierno de La Rioja ha informado que “se llevará a cabo en el centro que se demande de la zona correspondiente, sin menoscabo de que en las urgencias no vitales, valoradas por el profesional sanitario que realiza la primera atención, el paciente manifieste su deseo de ser atendido en otro centro del sistema público de salud de La Rioja, siempre que no existan razones clínicas derivadas de la urgencia que contraindiquen dicha decisión”.

Además se ha acordado la supresión del párrafo del borrador que indica que la libre elección podrá ser denegada cuando haya dificultades por carga de trabajo, por límites de asignación de población o razones de planificación.

El Gobierno ha informado de que la elección del usuario podrá ser denegada excepcionalmente cuando cuente con el informe del profesional elegido por el usuario, que recogerá las razones que justifiquen la denegación, y que sólo podrá fundamentarse en causas clínicas del historial del paciente o por abstención del profesional elegido.
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