Conselleria de Sanidad
El nuevo borrador de las 35 horas en la sanidad valenciana deja pendientes los sábados y las guardias
El documento concreta la distribución de la jornada, pero no define aspectos de organización que CCOO pretende abordar en la Mesa Sectorial
La implantación de la jornada de 35 horas semanales en la sanidad valenciana se debatirá el próximo lunes en la Mesa Sectorial con algunos de sus principales aspectos de organización ya definidos, pero también con cuestiones que siguen sin concretarse.
El nuevo borrador del decreto fija la distribución ordinaria de la jornada de lunes a viernes y regula el descanso asociado a las guardias del fin de semana, pero no deja claro de qué manera se articulará el trabajo de los sábados para las categorías que no realizan guardias. Desde la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de la Comunidad Valenciana se reclama que esta cuestión quede resuelta en la negociación del próximo lunes 28.
El documento, por el momento, establece que, con carácter general, la jornada ordinaria se desarrollará entre las 8:00 horas del lunes y las 15:00 horas del viernes. Esta regla mantendrá excepciones en las jornadas especiales y podrá adaptarse cuando las necesidades asistenciales de determinados centros, servicios o unidades así lo requieran, siempre que exista una justificación organizativa.
La jornada del sábado, una de las incógnitas
La nueva regulación sí entra en el caso de quienes realizan atención continuada mediante guardias. Para este personal, toda la jornada del sábado tendrá la consideración de jornada complementaria. En una guardia de 24 horas, entre las 8:00 del sábado y las 8:00 del domingo, el profesional tendrá derecho al descanso del domingo y también a librar la jornada ordinaria que tuviera asignada el lunes.
El problema, según CCOO, está en el resto de categorías, ya que el borrador actual no concreta cómo se organizarán los sábados para quienes no hacen guardias, ni establece de forma expresa qué consideración tendrán esas horas.
"La regulación a la que se refiere, en cuanto a la consideración de jornada extraordinaria, excluye al personal que no realiza guardias y no explica cómo se organizará el trabajo de los sábados para estas categorías", señala a Redacción Médica Yolanda Ferrández, secretaria general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO País Valencià.
El sindicato, a la espera de la decisión que se tome el próximo lunes, busca que se determine si esas horas tendrán la consideración de jornada extraordinaria y cómo se compensarán económicamente. Su propuesta es que el trabajo en sábado de este personal quede encuadrado como 'Jornada Especial de Fin de Semana' y venga acompañada de una compensación retributiva.
CCOO pide garantías sobre las guardias
El otro foco de atención está en las guardias médicas de atención especializada. El nuevo texto establece que, a partir del sexto día de guardia adicional, cada bloque completo de tres guardias dará lugar a un día de compensación adicional a los que ya correspondan.
Para CCOO, esta previsión debe establecer una garantía expresa sobre la "voluntariedad de las guardias que se realicen por encima del umbral legal". Ferrández reclama que esa condición quede "recogida de manera inequívoca en el decreto".
El sindicato, además, interpreta que la nueva disposición puede dar cobertura a la realización de más de seis guardias al mes y expresa su preocupación por las consecuencias que, a su juicio, podría tener sobre los descansos: "Parece dar cobertura legal a la realización masiva de guardias por encima de los límites recomendables", sostiene Ferrández.
Incremento necesario de la plantilla
La aplicación efectiva de las 35 horas es otro de los asuntos que CCOO quiere llevar a la negociación. El sindicato reclama los informes que, según plantea, deberían acreditar el incremento de plantilla necesario para poner en marcha la nueva jornada a partir de enero de 2027, fecha que, según Ferrández, había sido comprometida.
"Necesitamos disponer de los informes que avalen el incremento de plantilla necesario para poder aplicar la jornada de 35 horas a partir de enero de 2027", señala.
El nuevo borrador desarrolla de esta forma cuestiones que habían quedado abiertas en el texto abordado en julio. Aun así, el documento facilitado no recoge una fecha de entrada en vigor ni un calendario concreto de implantación.
1.512 horas efectivas al año
En paralelo a estas cuestiones organizativas, el borrador mantiene el cómputo de 1.512 horas de jornada ordinaria efectiva anual. El cálculo parte de 1.827 horas brutas y descuenta 154 horas correspondientes a los 22 días de vacaciones básicas, 119 por los 17 festivos y 42 por los seis días de asuntos particulares.
La reducción de jornada también afecta al cómputo individual en función de los días adicionales de vacaciones o de libre disposición. Por cada día adicional al que tenga derecho el profesional se restarán otras siete horas de la jornada efectiva anual.
El texto fija además un nuevo marco para las vacaciones. El periodo ordinario queda establecido entre el 15 de junio y el 15 de octubre. Los turnos obligatorios solo podrán establecerse durante julio, agosto y septiembre. En cambio, disfrutar las vacaciones entre el 15 y el 30 de junio o entre el 1 y el 15 de octubre deberá ser una opción voluntaria.