La rebaja en el tributo de sociedades oscilará entre tres y cinco millones anuales



2 mar. 2015 13:39H
SE LEE EN 4 minutos
Redacción. Madrid
El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha destacado, en Barcelona, el papel de la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) para impulsar el cambio de modelo productivo de la economía española.

“El desarrollo de la I+D+i ha sido uno de los objetivos del Gobierno desde el inicio de la legislatura y a ello se ha dedicado en su política tributaria”, ha señalado en la inauguración de una jornada sobre el marco tributario en las actividades de I+D organizada por la Asociación Española de Bioempresas (Asebio) y el bufete Osborne Clarke.

Miguel Ferre, secretario de Estado de Hacienda.

Ferre ha destacado, en especial, los nuevos incentivos incluidos en la reforma fiscal que acaba de entrar en vigor. En concreto, aquellas empresas que destinen cuantías superiores al 10 por ciento de su cifra de negocio a I+D podrán elevar de tres a cinco millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por ese concepto en el impuesto de sociedades.

A ello se le suma la rebaja del tipo general del impuesto, que ha pasado del 30 por ciento al 28 por ciento, en 2015, y pasará al 25 por ciento en 2016, rebaja de la que se podrán beneficiar también este tipo de empresas. Ferre recalcó que “estos nuevos incentivos fiscales beneficiarán a las 4.164 entidades y empresas españolas que se aplican deducción fiscal por I+D y ayudará a que otras tantas se animen a utilizarlos”. Ferre destacó la contribución de la economía catalana a la I+D. Del total de 4.164 de estas entidades, 1.221 son empresas catalanas, que realizan el 30% de la inversión española en la materia.

Impulso a la cesión de patentes

Ferre recalcó también otros incentivos fiscales ligados a la I+D+i que se han incorporado recientemente en la legislación, al margen de la reforma tributaria que ha entrado en vigor en enero. El secretario de Estado aludió, de esta manera, a la Ley de Emprendedores, y dentro de ella a los incentivos introducidos para la cesión de activos intangibles (como las patentes), conocidos como “Patent Box”.

En este sentido, el porcentaje de integración en la base imponible de las rentas procedentes de la cesión del uso o explotación de los activos intangibles ha quedado fijado en el 40% (es decir, opera una reducción del 60% de las rentas), tanto si los activos objeto de la cesión han sido creados por la propia entidad cedente como si esta entidad cedente ha adquirido los activos a terceros. En este último caso se exige que parte del desarrollo en I+D se haga en España.

Ferre destacó que esta última circunstancia beneficia la cesión por parte de las empresas de este tipo de activos intangibles a terceros, como es el caso de las patentes, y con ello se da un impulso importante a sectores intensivos en tecnología.

Además, para facilitar seguridad jurídica se pueden solicitar a la Administración tributaria acuerdos previos de valoración de los ingresos procedentes de la cesión del activo y gastos asociados, así como de las rentas de su transmisión y sobre la calificación de los activos como válidos, a efectos de este régimen fiscal.

'Business angels'

Ferre destacó otros incentivos fiscales incluidos en la Ley de Emprendedores como los destinados a los llamados business angels. Estas personas físicas (ángeles) que inviertan en empresas de nueva creación disfrutarán de una deducción del 20 por ciento en el IRPF sobre lo aportado. Además, a la hora de la posterior desinversión, la plusvalía generada estará exenta si se reinvierte en otra entidad nueva o de reciente creación.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.