Pleno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
El Gobierno ha publicado el nuevo 'triaje clínico' que servirá para
reconocer y acreditar el acceso al grado III+ en los casos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) avanzada y, así, asignar a estas personas las ayudas mensuales de
hasta 9.850 euros para financiar cuidados sociosanitarios. La resolución del Boletín Oficial del Estado (BOE) establece que se deberán cumplir los requisitos del grado III y, por lo menos, dos de estos
tres criterios: soporte ventilatorio por encima de 8 horas al día; la necesidad diaria de aspiración de secreciones; y la inmovilidad en el tren superior.
Según se determina, se podrá resolver el grado III+ y el III "en un mismo acto administrativo". Además, para acreditar el cumplimiento de los criterios de procesos irreversibles de alta complejidad como la fase avanzada de ELA, "se presentará un
certificado expedido por el
profesional médico especialista del sistema público o de una entidad gestora de los regímenes especiales de la Seguridad Social", que sea el encargado de hacer el seguimiento de la persona afectada por esta enfermedad.
Este certificado deberá entregarse en el
momento de la revisión del grado o del reconocimiento inicial de la situación de dependencia. "Tanto la revisión como el reconocimiento inicial de la situación de dependencia", se realizará en un
plazo máximo de tres meses.
De esta forma se cumple lo avanzado por
Redacción Médica para lograr el reconocimiento del nuevo grado de dependencia, lo que incluye certificar una
condición médica que sea "coherente" con la
definición de ELA, según habían indicado a este periódico fuentes del Ministerio de Derechos Sociales.
Cantidad a percibir
El documento también señala que la cantidad final a percibir por la persona afectada "estará definida por los
servicios de atención domiciliaria o de asistente personal que adquieran", según sus necesidades, y se fijará teniendo en cuenta su
nivel de renta y patrimonio.
El monto de
9.850 euros es el máximo de la prestación reconocida para el grado III+ en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, aunque se podrá conceder una cuantía menor siempre que sea, al menos, de
3.200 euros al mes.
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