Además, el BOE oficializa la prórroga del estado de alarma hasta el próximo 26 de abril

Coronavirus: nuevas medidas para evitar el desabastecimiento de los geles
Exteriores del Ministerio de Sanidad.


11 abr. 2020 10:50H
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El Boletín Oficial del Estado publica este sábado la resolución de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) por la que se actualiza el anexo de la Orden SND/ 321/2020, de 3 de abril, en el que se establecen las medidas especiales para el uso de bioetanol en la fabricación de soluciones y geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos debido a la crisis sanitaria generada por la epidemia del Covid-19.

Debido al aumento de la demanda de soluciones y geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos y el riesgo de salud pública derivado de un posible desabastecimiento de etanol hacen necesario actualizar el anexo mencionado.

Así, según publica el BOE, el bioetanol para su uso en soluciones y geles hidroalcohólicos de desinfección de manos deberá satisfacer las siguientes especificaciones:
  • Metanol < 200 ppm (V/V).
  • Acetaldehído < 50 ppm (V/V).
  • Benceno < 2 ppm (V/V).
  • Total, de otras impurezas* < 3000 ppm.
Además, independientemente de lo anterior, la mezcla de componentes carcinogénicos total presentes en el bioetanol debe ser < 0,1 por ciento.


Prórroga del estado de alarma 


Asimismo, el BOE oficializa la prórroga del estado de alarma aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado jueves 9 de abril. La nueva prórroga se extenderá hasta el próximo 26 de abril de 2020.

Durante su intervención en el pleno del Congreso de los Diputados, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, aseguró que España cuenta con unos profesionales sanitarios y una sanidad pública a la que “le debemos todo” en la lucha contra el Covid-19.

Del mismo modo, el Boletín Oficial del Estado también recoge la prórroga de los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres hasta el 26 de abril. En este punto, se aclara que solo se permitirá la entrada en el territorio nacional por vía terrestre a las siguientes personas:
  • Ciudadanos españoles.
  • Residentes en España.
  • Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
  • Trabajadores transfronterizos.
  • Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
  • Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
El Gobierno también ha decidido extender la interrupción de la realización de cualquier actividad comprendida en el ámbito del programa de turismo social del Imserso hasta el 30 de junio de 2020.


Servicios esenciales de distribución de carburantes


Otra de las órdenes que recoge el BOE este 11 de abril es la del establecimiento y definición de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los servicios esenciales para la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio y postes marítimos, como consecuencia de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria del Covid-19.

En esta se establecen los horarios de apertura para las estaciones de servicio así como las medidas de protección sanitaria para usuarios y empleados de la instalación. 


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