Redacción. Madrid
El Consejo de Ministros ha aprobado los proyectos de las leyes del Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social tras recibir los informes correspondientes de distintos ministerios, comunidades autónomas y órganos consultivos.
Dichos documentos han propiciado una "mejora técnica de las redacciones", según ha indicado el ministerio, manteniendo la filosofía y los objetivos ya recogidos en los anteproyectos: modernizar su funcionamiento y la interlocución con las administraciones públicas. Recibido el visto bueno del Consejo de Ministros, los proyectos se trasladarán ahora a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.
Susana Camarero, secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
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Ambas leyes suponen un paso más en la consolidación de la agenda social porque “sale reforzado el papel del tercer sector en el diseño y ejecución de las políticas públicas” en el campo de los servicios sociales y porque “salen protegidos los derechos y deberes de los voluntarios al definirse el ámbito conceptual, su radio de actuación y la conexión con la administración”, ha apuntado el ministerio. Asimismo, se amplía el campo a la participación de universidades y empresas.
Mejoras en la Ley del Voluntariado
El proyecto de Ley del Voluntariado delimita los márgenes de competencia de las administraciones públicas, “concretando el concepto de programas de voluntariado de competencia estatal”, ha señalado el ministerio.
La norma se estructura en los siguientes objetivos: regulación, mecanismos de cooperación de las administraciones con las entidades locales, la apertura del voluntariado a otros ámbitos y expansión al papel de las empresas y las universidades, actores que por su labor social pueden desempeñar un rol esencial en la activación de iniciativas de voluntariado.
Como fruto de su adaptación a la realidad actual, la Ley establece los ámbitos de las actuaciones voluntarias en los siguientes ámbitos: social, internacional de cooperación al desarrollo, ambiental, cultural, deportivo, de ocio y tiempo libre, comunitario y de protección civil. Se añade el voluntariado paralímpico dentro de la categoría “deportiva” y el de la protección de animales dentro de la “ambiental”. Además, establece la definición de interés general con aquellas acciones mejoran de la calidad de vida de los ciudadanos desde el respeto a los valores de la democracia y a los derechos fundamentales consagrados.
Otro aspecto es el relacionado con la igualdad en el acceso al voluntariado de las personas en situación de dependencia en las condiciones acordes a sus circunstancias personales, algo que en el anteproyecto figuraba para las personas con discapacidad y las personas mayores. Además, se fija edad mínima de 12 años para que los menores participen en proyectos.
En cuanto a la administración, promoverá la colaboración con las entidades mediante asesoramiento, medios e información, “favorecerá que las tareas de inspección y seguimiento se efectúe según criterios comunes”, y “reforzará la compatibilidad de la actividad de voluntariado con la jornada laboral”, ha indicado el ministerio, dentro de la normativa de empleo público y con pleno respeto a lo acordado en la negociación colectiva.
El papel del Tercer Sector
El proyecto de ley que ha aprobado el Consejo de Ministros contempla la activación de programas de apoyo y asistencia a familias y personas en situación de mayor vulnerabilidad como complemento de primer orden a la acción de la administración.
Como ha señalado el ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, este proyecto de Ley es un “texto inédito” en la legislación española, principalmente porque “se adapta a la realidad del sector y a sus necesidades”. La norma pretende “dar una respuesta ordenada y concreta” a las circunstancias de las 30.000 organizaciones sociales que forman este sector en España, y siempre sobre la base de su seguridad jurídica. Ello se traducirá en un “fortalecimiento de su capacidad de interlocución con las administraciones” para el diseño de las políticas sociales.
El proyecto, en consecuencia, define el Tercer Sector de Acción Social como el conjunto de organizaciones de carácter privado, y sin ánimo de lucro, que surgen de la iniciativa ciudadana o social para buscar objetivos de interés general a través de la solidaridad y la participación, y para reforzar el concepto se enumeran los principios que deben guiar su trabajo, basados en la democracia interna, el carácter altruista, la transparencia, la autonomía, la cohesión social, la promoción de la igualdad, de la no discriminación y la consecución de fines socialmente relevantes.
Una de las mejoras que ha recibido el proyecto consiste en la clarificación de competencias de la Ley, por lo que se distribuyen las mismas entre la administración general del Estado y las comunidades autónomas. Asimismo, se refuerza la consideración de que el papel de las entidades que integran el Tercer Sector de Acción Social no puede diluir la responsabilidad de la administración general del Estado. Por otra parte, en las medidas de fomento de las entidades del Tercer Sector se incluirán iniciativas relativas a la dinamización de la participación de las mujeres.
ENLACES RELACIONADOS
Anteproyecto de Ley de Voluntariado
Anteproyecto de Ley de Tercer Sector de Acción Social
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