La norma se votará finalmente en el Congreso con novedades sobre efectos secundarios y pruebas diagnósticas

Irene Montero en el Senado mientras se votaba la ley del aborto con novedades para la sanidad
Irene Montero, ministra de Igualdad.


9 feb. 2023 9:40H
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El Pleno del Senado ha dado luz verde este miércoles al proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que devuelve a las menores de 16 y 17 años el derecho a abortar sin consentimiento paterno y blinda el acceso al aborto frente a protocolos antiabortistas como el planteado por Vox en Castilla y León.

Tras un debate de 4 horas, el proyecto ha salido adelante con el voto a favor del PSOE, Unidas Podemos, Esquerra Republicana, Junts, PNV, Más Madrid, Més per Mallorca, Compromís; el voto en contra del PP, VOX, Ciudadanos, UPN; la abstención de Geroa Bai, Teruel Existe y PRC. En total ha contado con 146 votos a favor, 110 en contra y 6 abstenciones.

Al texto, que llegó a la Cámara Alta el pasado 20 de diciembre y que se tramita por la vía de urgencia, se presentaron tres propuestas de veto, de las cuales quedaron dos, una de VOX y otra del PP, que han sido rechazadas, y 186 enmiendas, de las cuales solo se ha aprobado una de Compromís que modifica el artículo 19.2, que dice que los centros sanitarios "proporcionarán el método quirúrgico o farmacológico, de acuerdo con los requisitos sanitarios de cada uno", añadiendo que se habrá de "informar a la mujer sobre los procesos y sus efectos secundarios".

Además, este miércoles se ha presentado y, posteriormente, aprobado, una enmienda transaccional firmada por todos los grupos con una modificación técnica del artículo 31, que se refiere al aborto forzoso y la esterilización y anticoncepción forzosas, "por calidad normativa en la redacción".

Una de las principales novedades es que ahora se suma al procedimiento la última enmienda transaccional que propuso el grupo socialista con el objetivo de blindar los derechos de las mujeres. Se trata de una modificación del artículo 24 diseñada para evitar que las administraciones públicas puedan “alterar” la voluntad de las mujeres cuando deciden interrumpir un embarazo. Mientras que impide que se realicen intervenciones diagnósticas o terapéuticas sin “evidencia científica”. Este apéndice se incluyó a última hora como respuesta a la propuesta que lanzó Vox en Castilla y León para obligar a los médicos a enseñar a las pacientes las ecografías del bebé o hacerles escuchar el latido de su corazón ante potenciales situaciones de embarazo. Aunque finalmente la polémica ha provocado que el Gobierno del Partido Popular echase por tierra cualquier cambio.

Límites para los médicos objetores de conciencia en aborto


La incorporación de estas últimas enmiendas ha provocado que la ley del aborto tenga que regresar de nuevo al Congreso de los Diputados, donde se espera un debate con los principales líderes nacionales de cada partido. La demora ha retrasado algunas de las novedades que incorpora la reforma como la creación de un registro de médicos objetores para poder garantizar este derecho en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

La norma impedirá que aquellos que se declaren objetores en la pública puedan realizar abortos en la privada. Mientras que también incorpora una cláusula para garantizar que no se producen discriminaciones entre los facultativos. La eliminación del periodo de reflexión de tres días, el blindaje del derecho a la interrupción del embarazo desde los 16 años o el acceso gratuito a la píldora del día después son otras de las claves en el plano sanitario.
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