Aconseja a los perjudicados que manifiesten una queja a Protección de Datos si no les entregan sus historiales médicos

Facua denuncia que los afectados de iDental no tienen acceso a su historial
La asociación confirma que la ley obliga a iDental a conservar los historiales.


2 jul. 2018 12:30H
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POR REDACCIÓN
Facua-Consumidores en Acción ha aconsejado a los afectados por el cierre de las clínicas iDental que denuncien a los centros ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) si se niegan a entregarles sus historiales médicos.

A través de un comunicado, esta organización de defensa de los derechos de los consumidores ha señalado que "muchos" de los pacientes afectados han estado manifestando la imposibilidad de conseguir sus historiales médicos tras la clausura de la totalidad de las clínicas odontológicas de esta cadena.

De hecho, Facua ha denunciado a la red iDental por la "imposibilidad generalizada" de que los pacientes afectados accedan a sus historiales médicos. Sin embargo, la asociación anima a presentar sus propias denuncias ante la AEPD a todos aquellos damnificados a los que la empresa no les haya entregado el historial después de habérselo solicitado.

Estos datos, recuerdan desde Facua, les resultan "imprescindibles" para que los tratamientos que estos centros dejaron sin terminar puedan ser concluidos en otros lugares.

Así, apuntan que el artículo 15 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece el llamado "derecho de acceso", que garantiza a los ciudadanos que "tendrán derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento". De igual forma, el artículo 15 del Reglamento Europeo de Protección de Datos también regula el mismo derecho y establece que "el responsable del tratamiento facilitará una copia de los datos personales objetos de tratamiento".

Además, el artículo 18 de la Ley 41/2002 reconoce a los pacientes de un centro sanitario el derecho a acceder "a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella", mientras que el artículo 17 de la misma normativa obliga a los centros a "conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad".
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