El facultativo que dirija el órgano deberá contar con mínimo un año de experiencia en puestos directivos

Comisiones de eutanasia: mínimo de 7 miembros y un médico como presidente
Consejo de Estado


12 jul. 2021 13:30H
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La Comisión de Garantía y Evalución de la regulación de la eutanasia va tomando formando en las diferentes comunidades autónomas. A contrarreloj, eso sí. Queda menos para que expire el plazo de 3 meses establecido en la legislación y todavía son muchas las autonomías que no han procedido a su creación.

El Consejo de Estado ya ha clarificado, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), cuáles son algunos de los requisitos que se exigirán a los gobiernos regionales a la hora de estructurar dichas comisiones. Tal y como indica en un dictamen emitido a finales de junio, uno de los principales elementos a perseguir será "la 'multidisciplinariedad' de sus componentes. De acuerdo con  la Ley Orgánica 3/2021, cada una de ellas deberá contar con un mínimo de siete miembros en sus organigramas, entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas

Según el texto, el presidente de cada órgano deberá ser una persona facultativa médica con rango de titular de Dirección o de Subdirección de la Dirección Territorial o de la Gerencia de Atención Sanitaria , con un mínimo de experiencia profesional de un año. Sin embargo, el Consejo de Estado pide que se aclare si se refiere a un año en el cargo de director o subdirector o a su experiencia profesional en el campo de la Medicina, lo cual supondría un requisito "insuficiente" para ostentar la presidencia de las comisiones proyectadas. Así mismo, ve necesario que se especifique si  "quien ostente en cada momento la presidencia ha de proceder o no del cupo de vocales procedentes del personal médico"

Dichas comisiones, con  naturaleza de órgano administrativo, serán creadas por los respectivos gobiernos autonómicos, quienes determinarán su régimen jurídico. En el caso de las ciudades de Ceuta y Melilla, será el Ministerio de Sanidad quien cree las comisiones para cada una de las ciudades y determine sus regímenes jurídicos. Además, cada organismo tendrá que disponer de un reglamento de orden interno, que será elaborado por la citada Comisión y autorizado por el órgano competente de la administración autonómica. 

Homogeneización de criterios entre CC.AA 


En cuanto a sus miembros, el Consejo de Estado, aconseja, valorar la posibilidad de concretar el perfil de los vocales, incluyendo personas procedentes de los mencionados cuerpos sanitarios en activo o, también, de la sociedad civil con conocimientos y trayectoria contrastada en asuntos de Bioética, Psicología o Filosofía, al igual que se estudia en otras comunidades autónomas.

Además, se tratará de alcanzar cierta similitud en la composición de las comisiones a nivel nacional, lo cual ayudaría a verificar la homogeneización de criterios entre el Ministerio de Sanidad y los presidentes de las Comisiones de Garantía y Evaluación de las comunidades, reunidos de forma anual, tal y como indica el artículo 17.5. En dichos encuentros, se intercambiarán "buenas prácticas en el desarrollo de la prestación de eutanasia en el Sistema Nacional de Salud".
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