El VIII Congreso Nacional de Ética y Deontología Médica ha girado en torno a la eutanasia y la ética en su aplicación

Los médicos debaten sobre un consenso semántico sobre el final de la vida
El presidente de la Comisión Central de Deontología del CGCOM José María Domínguez Roldán.


11 feb. 2023 17:25H
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Expertos reunidos en el VIII Congreso Nacional de Ética y Deontología Médica, organizado por la Comisión Central de Deontología del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) y el Colegio de Médicos de Sevilla, han coincidido en la necesidad de contar con un glosario de conceptos basado en el consenso de los profesionales en torno al final de la vida; y han resaltado que el rigor científico, la reflexión ética, la humanización y la profesionalidad son elementos clave en este proceso

El presidente de la Comisión Central de Deontología del CGCOM José María Domínguez Roldán, defendió la necesidad de crear un glosario que contenga los conceptos y definiciones en torno al final de la vida como son la limitación o adecuación del esfuerzo terapéutico, los cuidados paliativos, la medicina paliativa, la sedación o la propia eutanasia. “Necesitamos un consenso entre todos los profesionales, sentarnos a definir los conceptos y evitar así los eufemismos y la polisemia”, aseguró.

Muerte digna, dignidad de la persona, ayuda médica para morir, ayudar a morir o buena muerte son algunos de los eufemismos que se trataron en el congreso que deberían evitarse en torno al final de la vida, tal y como expuso Domínguez, defendiendo que se trata de palabras que sustituyen temas tabú y esquivan la realidad. En su opinión, hay que tener presente que “a diferencia de la eutanasia, el rechazo a la medicación o el suicidio asistido donde los pacientes si tienen autonomía y voluntad de decisión, la limitación o adecuación del esfuerzo terapéutico si es responsabilidad de los profesionales médicos”.

La limitación del esfuerzo terapéutico “obliga a los profesionales a la decisión clínica y técnica con justificación moral para no hacer encarnizamiento terapéutico”, explicó. Otro de los conceptos en los que incidió fue la objeción de conciencia sanitaria en relación con la eutanasia, entendida como el derecho individual de los profesionales sanitarios a no atender aquellas demandas de actuación sanitaria regulados por esta ley que resulten incompatibles por sus propias convicciones.

Finalmente, definió el concepto “pendiente resbaladiza” aplicado al debate sobre la eutanasia, también. “El argumento afirma que la aceptación de ciertas prácticas, como el suicidio médicamente asistido o la eutanasia conducirá invariablemente a la aceptación o prácticas que actualmente se consideran inaceptables”.


El contexto eutanásico y el rol del médico


Por su parte, Serafín Romero, presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Autónoma de Andalucía, centró su intervención en definir conceptos, aportar datos y experiencias en torno a la aplicación de la Ley de la Eutanasia “a pesar del periodo corto de tiempo que lleva desde su implantación”.

La eutanasia se define como la actuación que produce la muerte de una persona de una forma directa e intencionada mediante una relación causa efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios. “Delimitar el concepto de eutanasia en una ley es crear muchas expectativas a los pacientes en relación con un derecho que se aplica en torno al contexto eutanásico”, subrayó.

Romero explicó que deben de establecerse garantías "para que la decisión de poner fin a la vida se produzca con absoluta libertad, autonomía y conocimiento", protegida por tanto de presiones de toda índole que pudieran provenir de entornos sociales, económicos y familiares desfavorables, o incluso de decisiones apresurada.

Con todo ello, destacó cuál es el rol que tiene la profesión médica en la aplicación de la Ley de la eutanasia. “No reside solo en la ayuda a morir, es el complejo dilema de explorar el contexto eutanásico para delimitar si el paciente tiene derecho a la prestación de ayuda a morir que la Ley de eutanasia delimita”, señaló.

La ley establece que “el médico responsable, así como el resto de los profesionales sanitarios, asistirán al paciente hasta el momento de su muerte” y que “el médico responsable, así como el resto de los profesionales sanitarios, tras prescribir la sustancia que el propio paciente se autoadministrará, mantendrá la debida tarea de observación y apoyo a este hasta el momento de su fallecimiento”.

En cuanto a los datos de España, dio a conocer que en 2021 fueron 173 las solicitudes de eutanasia presentadas, de las cuales 98 no fueron realizadas y que, de todas las solicitudes, un 54 por ciento fueron por patologías neurológicas y un 29 por ciento por enfermedades oncológicas.


Revisión y redacción de leyes


Bernabé Robles, miembro de la Comisión de Ética y Deontología del Colegio de Médicos de Barcelona, abordó si los ciudadanos y los profesionales de la salud necesitan una ley estatal sobre el final de la vida. “La buena muerte debería ser buena praxis, obstinarse y producir malas muertes o, ya antes, malas vidas, y como consecuencia muertes malas debe ser considerado mala praxis”, indicó.

En este sentido, hizo alusión a los deberes respecto a la limitación del esfuerzo terapéutico en relación con la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. “El médico responsable, en el ejercicio de una buena práctica clínica, limitará el esfuerzo terapéutico, cuando la situación clínica lo aconseje, evitando la obstinación terapéutica. La justificación deberá constar en la historia clínica”, expuso Robles para después abogar por el consenso profesional y la atención paliativa.

El derecho a los cuidados paliativos y al tratamiento del dolor, también se reconocían en Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS/RD 1030/2006 sobre cartera de servicios comunes del SNS. “No conocemos bien su impacto sobre la calidad de vida al final de la misma, allí donde se ha implantado. Aquí y ahora,no sabemos si se muere mejor en Sabadell, sin ley de final de vida o en Huelva, con ella”, subrayó.

La mesa redonda fue moderada por María del Carmen Delgado, miembro de la Comisión de Ética y Deontología del Colegio de Médicos de Sevilla; y Ángel Hernández Gil, presidente de la Comisión Andaluza de Deontología Médica.
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