Sanidad sí mantiene la opción de revisar la calificación negativa de cada año de formación por separado

Trabajadores MIR. Sanidad introduce un importante cambio en la revisión de las evaluaciones de la residencia MIR. Estas son las consencuencias.
Trabajadores MIR.


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El Ministerio de Sanidad ha eliminado la posibilidad de que los MIR, los EIR y el resto de sanitarios en formación hagan una prueba para conseguir el título de especialista si la evaluación final de su periodo de residencia es negativa. En su última actualización de la guía de Formación Sanitaria Especializada (FSE) 2025, que se ha publicado una semana después de la primera de este curso, sólo se deja abierta la puerta a solicitar la revisión de las evaluaciones negativas de cada año de residencia por separado.

Es el segundo cambio de enjundia que Sanidad ha introducido en su guía MIR tras pulir los requisitos para solicitar el cambio de especialidad en caso de no superar el reconocimiento médico en las Unidades Docentes. No en vano, aprobar la evaluación final del periodo de residencia es conditio sine qua non para obtener el título de especialista. Hasta ahora, si se suspendía, cabía la opción de pedir a la Comisión Nacional de la Especialidad una revisión, que consistía en hacer una prueba ordinaria y, si se suspendía, someterse a otra extraordinaria. Sin embargo, esa vía ha quedado suprimida.

Así se calcula la evaluación final de la residencia FSE


En la guía se aclara, en cualquier caso, que la evaluación final no se corresponde con el último año de residencia, sino que “debe basarse en los resultados de las evaluaciones anuales”, por lo que “no podrá evaluarse negativamente a aquellas personas especialistas en formación que hayan obtenido una evaluación positiva en todos los años del período de residencia”. El motivo es sencillo: la valoración final no es arbitraria, sino que se calcula con un sistema de ponderación progresiva cuyas bases están fijadas en la propia guía FSE. El peso porcentual de cada evaluación anual en el resultado definitivo va subiendo gradualmente en la misma medida en la que el residente va asumiendo más responsabilidades.

Por ejemplo, en las especialidades con dos años de formación, la calificación del primer curso cuenta un 40 por ciento en la evaluación final, y la del segundo, un 60 por ciento, mientras que en las de cinco años, el primer curso tiene un peso del 8 por ciento, el segundo, del 12 por ciento; el tercero, del 20 por ciento; el cuarto, del 25 por ciento; y el quinto, del 35 por ciento.

Si la media de las calificaciones está entre 5 y 7,5, la evaluación final es positiva; si supera el 7,5, es positiva destacada; y si se queda por debajo de 5, es negativa. En este último caso, se considera que el residente no ha alcanzado “el nivel mínimo exigible para que pueda obtener el título de especialista”. En los documentos de evaluación negativa tiene que acreditarse “la falta de aprovechamiento y las medidas que el tutor o tutores haya puesto en marcha para solventarlas, y su carencia de resultado”.

Revisión de las evaluaciones anuales FSE


Lo importante de todo ello es que, en todo caso, sí que se mantiene la opción de solicitar a la Comisión de Docencia que reexamine una calificación anual suspensa. Por tanto, el quid de la cuestión es que, a partir de ahora, las revisiones no pueden dejarse para el último momento, sino que han de pedirse al final de cada año de residencia.

Hay un plazo de 10 días desde la publicación o notificación de la calificación para solicitar que se revise. Tras ello, la Comisión de Docencia se reunirá, como máximo, en 15 días y citará al reclamante, que podrá acudir acompañado de su tutor o tutora. "Los miembros de la Comisión de Docencia podrán formular las preguntas que consideren pertinentes y la calificación se decidirá por mayoría absoluta", se explica en la guía.

Los resultados de las revisiones anuales son definitivos, excepto las del último año de residencia. Si la Comisión de Docencia considera, tras su análisis, que el curso formativo está suspenso, se lo comunicará al residente, cuyo contrato laboral con su centro quedará extinguido.
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