El incumplimiento de la norma se puede llegar a considerar falta muy grave.                                            
                                        
                                        
                                            Aunque un 
MIR busque ampliar su experiencia fuera de sus prácticas para estar más preparados no puede porque estaría incurriendo en una ilegalidad. Los 
residentes no pueden ejercer en otros hospitales fuera de su 
jornada de trabajo. Así lo establece el 
artículo 5 del 
Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. Según expresa el 
contrato, "no podrán celebrarse contratos de trabajo del personal residente con jornada a 
tiempo parcial". 
Pero... ¿qué pasaría si, por ejemplo, un residente quisiera reforzar su 
formación por su cuenta fuera de la jornada con algún médico adjunto en una 
clínica privada? Según asegura a 
Redacción Médica el socio-director en De Lorenzo Abogados, 
Ricardo De Lorenzo, "de ser requerido por un hecho así sería susceptible de abrirle un 
expediente y solo le quedaría manifestar que no incumple en el caso de que no hubiera celebrado ningún 
contrato".
En ese sentido, además, dadas las características especiales de esta relación laboral, la tipificación de las faltas será la establecida para el p
ersonal estatutario sanitario de los servicios de salud en el artículo 72.2, 3, 4 y 5 de la 
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, salvo que los 
convenios colectivos determinen otra cosa.
Incumplimiento de las incompatibilidades
El MIR tiene que tener en cuenta que el texto legal considera 
falta muy grave "el incumplimiento de las normas sobre 
incompatibilidades, cuando suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad".
Como
 falta grave se cataloga el "el incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad".
Por último, se valora como
 falta leve "el encubrimiento, consentimiento o cooperación con cualquier acto a la comisión de faltas graves".
                                        
 
                                        
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